Iniciativa parlamentaria que adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal, con el objeto de castigar a quienes se dediquen a la venta de animales sin contar con los permisos y certificados correspondientes., de 13 de Septiembre de 2022

Que adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal, a cargo del diputado Brasil Alberto Acosta Peña, del Grupo Parlamentario del PRIEl suscrito, diputado Brasil Alberto Acosta Peña, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable asamblea, iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal al tenor de la siguiente: Exposición de MotivosLas normas internacionales de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) en el Código Sanitario para los Animales Terrestres enmarcan la definición de bienestar animal en su artículo 7.1.1 que la define de la siguiente forma:El estado físico y mental de un animal en relación con las condiciones en las que vive y muere. Un animal experimenta un buen bienestar si está sano, cómodo, bien alimentado, en seguridad, y si no padece sensaciones desagradables como dolor, miedo o desasosiego y es capaz de expresar comportamientos importantes para su estado de bienestar físico y mental.Un buen bienestar animal requiere prevenir enfermedades, cuidados veterinarios apropiados, refugio, manejo y nutrición, un entorno estimulante y seguro, una manipulación correcta y el sacrificio o matanza de manera humanitaria. Mientras que el concepto de bienestar animal se refiere al estado del animal, el tratamiento que recibe se designa con otros términos como cuidado de los animales, cría de animales o trato compasivo.Además, en la misma Ley Federal de Sanidad Animal en el artículo 4, encontramos la siguiente definición de bienestar animal: Artículo 4. Para los efectos de la ley se entiende por: Bienestar animal: Conjunto de actividades encaminadas a proporcionar comodidad, tranquilidad, protección y seguridad a los animales durante su crianza, mantenimiento, explotación, transporte y sacrificio.Partiendo de las definiciones que nos brinda la OIE y la Ley Federal de Sanidad Animal, podemos entender que la sanidad y el bienestar animal deberían guardar una estrecha relación, ya que, si bien nuestra cultura no reconoce como parte de los derechos de los animales no humanos o bien “seres sintientes” el derecho a la vida como lo es reconocido para el ser humano, si reconoce algunas calidades en la forma de crianza de los animales para consumo.En ese sentido al considerar a ciertos animales dentro de la industria alimenticia para nuestro abasto, y que han servido para satisfacer múltiples necesidades humanas, resulta importante crear normas que verdaderamente garanticen su bienestar y el endurecimiento de sanciones que ayuden a erradicar todos los establecimientos que no se encuentran regulados mejor conocidos “rastros clandestinos” y además no cumplen con procurar el bienestar animal y en consecuencia, con el bienestar humano, como a continuación se expone.En estos lugares clandestinos se debe eliminar la crueldad en la que crecen, viven y mueren los animales, por tal motivo a nivel federal se debe considerar como actos de crueldad y maltrato, la matanza de animales para abasto en establecimientos no autorizados y que no tengan la infraestructura e instrumentos necesarios para inducir a un estado inmediato de inconsciencia al animal, previo a darle muerte, y que cuenten con condiciones sanitarias contrarias a lo previsto en las disposiciones aplicables en la materia.En nuestro país, a pesar de los avances que se han tenido para lograr una mayor concientización sobre el cuidado y el respeto hacia los animales, la realidad sigue siendo muy distante de las metas que se pretenden alcanzar en lograr el bienestar, procuración y respeto de todos los animales.Además, se estima que 7 de cada 10 animales sufren maltrato, en definitiva, las cifras sólo nos demuestran que aún hay mucho por combatir y trabajar para lograr resultados más alentadores que demuestren que nuestros ordenamientos jurídicos y sus sanciones punitivas realmente están siendo eficientes en esta lucha por erradicar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR