Iniciativa parlamentaria que adiciona un Capítulo III al Título Segundo de la Ley General de Salud, en materia de regulación de precios de los medicamentos., de 2 de Octubre de 2003

QUE ADICIONA UN CAPITULO III AL TITULO SEGUNDO DE LA LEY GENERAL DE SALUD, EN MATERIA DE REGULACION DE PRECIOS DE LOS MEDICAMENTOS, A CARGO DEL DIPUTADO GONZALO MORENO AREVALO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

El suscrito diputado Gonzalo Moreno Arévalo, en uso de las facultades que me confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presento a esta soberanía la siguiente iniciativa de decreto que adiciona un Capítulo III al Título Segundo de la Ley General de Salud, para lo cual hago la siguiente

Exposición de Motivos

  1. La situación económica del país impacta directamente la economía familiar de los mexicanos. Miles de familias consiguen apenas lo necesario para subsistir; sus esfuerzos diarios se centran en trabajar para comer y un poco más.

  2. Conservar la salud se vuelve casi imposible: mala alimentación, mínimos hábitos higiénicos, difícil acceso a los servicios médicos y, cuando se tienen, no se pueden adquirir las medicinas y el material de curación, por los precios tan elevados con que se ofertan en el mercado. Lo paradójico es que la salud y los medios para conservarla o recuperarla están consagrados como garantía constitucional en nuestra Carta Magna, en su artículo 4º.

  3. La situación no es privativa de una región o estado, el flagelo de la pobreza no reconoce de límites geográficos, como tampoco respetan fronteras las enfermedades.

  4. En distintos puntos de la geografía nacional existen lugares popularmente frecuentados donde se venden medicinas de laboratorios reconocidos por abajo del precio comercial. Un ejemplo, en farmacias de prestigio que ofertan medicamentos con descuentos permanentes se compra el verapamilo (medicina empleada para controlar la presión arterial) entre 38 y 46 pesos, mientras que en los lugares no reconocidos, la misma fórmula médica, fabricada por laboratorios de prestigio puede adquirirse a precios de entre 15 y 20 pesos. Aclaro, no son muestras médicas, genéricos intercambiables o medicinas robadas.

  5. Otro ejemplo, aunque acepto que no es en sentido estricto medicamento, es una fórmula para lactantes, leche en polvo o leche maternizada (de marca conocida), en tiendas de autoservicio cuesta entre 156 y 165 pesos; en farmacias, entre 165 y 176, mientras que en los lugares mencionados va de los 110 a los 120 pesos.

  6. Las diferencias de precio no está en la calidad, ni siquiera en la marca. Reconozco la trascendente labor de investigación, fabricación y distribución que llevan a cabo los laboratorios farmacéuticos, y con la presente no pretendo entorpecer su trabajo, más bien busco...

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