Iniciativa parlamentaria que adiciona el artículo 325 del Código Penal Federal, para establecer que la Fiscalía General de la República y las Procuradurías Generales de Justicia de las Entidades federativas deberán adoptar protocolos homologados y especializados, con perspectiva de género, para combatir el delito de feminicidio y en la búsqueda inmediata de mujeres desaparecidas., de 29 de Enero de 2024

Que adiciona el artículo 325 del Código Penal Federal, suscrita por la diputada Rocío Natalí Barrera Puc, del Grupo Parlamentario de MorenaLa suscrita, Rocío Natalí Barrera Puc , diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura, en ejercicio de la facultad que le confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un quinto párrafo al artículo 325 del Código Penal Federal , conforme al siguientePlanteamiento del ProblemaLa violencia contra las mujeres es un grave delito que lesiona la dignidad de la sociedad en general, este delito ha y continúa representado un gran reto mundial, su erradicación debe ser sin duda un trabajo conjunto entre sociedad y gobierno.En México este desafío es un gran pendiente del Estado mexicano en su conjunto, a pesar de los esfuerzos legislativos e institucionales. De acuerdo con información del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Información sobre violencia de enero a octubre de 2022 con información reportada por las Procuradurías o Fiscalías de las 32 entidades federativas, durante este periodo 102,201mujeres fueron víctimas de algún tipo de violencia, asimismo se informa que de enero a octubre de 2022 se reportaron 777 feminicidios en el territorio nacional. 1inline_imagePrevenir, atender y sancionar la violencia contra las mujeres es también un compromiso del Estado mexicano, recordemos que en 1981 el Estado mexicano ratificó el principal instrumento internacional que consagra los derechos humanos de las mujeres; la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, que junto con su Protocolo, mandata a los Estados Parte, luchar contra la discriminación de la mujer y proteger sus derechos para preservar su dignidad y bienestar.El acceso a la justicia pronta, expedita y efectiva es un derecho fundamental para garantizar el resto de derechos humanos de las mujeres, incluyendo vivir libres de violencia, particularmente para la no repetición y evitar con su efectiva aplicación la revictimización de las mujeres y sus familias. En este sentido el marco jurídico y su aplicación es un elemento central en la erradicación de la violencia contra las mujeres.En 2018 el Comité facultativo de la Cedaw que es el encargado de vigilar y dar seguimiento al cumplimiento de la Convención, emitió una serie de recomendaciones al Estado mexicano 2 en las Observaciones finales sobre el noveno informe periódico de México, En donde respecto al acceso a la justicia realizó la siguiente observación:14. De conformidad con la Convención y con sus recomendaciones general núm. 33(2015) sobre el acceso de las mujeres a la justicia, el Comité recomienda al Estado parte que: a) Vele por que se capacite , de manera sistemática y obligatoria, a los jueces, los fiscales, los...

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