Iniciativa parlamentaria que adiciona el artículo 468 Bis al Código Federal de Procedimientos Penales., de 7 de Octubre de 2008

QUE ADICIONA EL ARTÍCULO 468 BIS AL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, A CARGO DE LA DIPUTADA MA. DE LOS ÁNGELES JIMÉNEZ DEL CASTILLO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

La suscrita, Ma. de los Ángeles Jiménez del Castillo, en mi carácter de diputada federal de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento por lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en correlación con el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de las Estados Unidos Mexicanos, presenta a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa de ley que adiciona el artículo 468 Bis del Código Federal de Procedimientos Penales, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Como bien es sabido por los integrantes de esta Cámara, en fecha 11 de diciembre de 2007 fue publicada en la Gaceta Parlamentaria diversos dictámenes, entre otros, el de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Justicia, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos respecto a los artículos 14, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 73, 115 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, siendo que en razón de su contenido todas las iniciativas enunciadas en los antecedentes fueron en su momento dictaminadas de manera conjunta, respecto a las consideraciones jurídicas a la reforma integral al sistema de justicia penal mexicano, los cuales en obviedad de repeticiones innecesarias doy por reproducido en este apartado como si a la letra se insertaren.

Así las cosas, y dadas las múltiples iniciativas presentadas por diversos diputados de distintos grupos parlamentarios y la convergencia en la idea de que el sistema de justicia penal mexicano ha dejado de ser eficaz y que apremia reformarlo, si bien de manera integral, para devolver a la ciudadanía la confianza en las instituciones, y siendo que uno de los objetivos principales de dichas propuestas es ofrecer seguridad jurídica y preservar la libertad, es que la suscrita presentó esta propuesta de adición al Código Federal de Procedimientos Penales con la única intención de fortalecer las concordancias ya descritas y buscar la reinserción social del sentenciado o, en su caso, evitar a todas luces la separación del probable responsable de su hábitat, su familia, el núcleo social al que pertenece, para no fracturar así su entorno social y el entorno social al que pertenece, llámese principalmente a éstos su esposa, hijos, hermanos, padres, familiares amigos, etcétera.

Ya que, como bien es sabido, una de las mayores contrariedades con las que se encuentra una persona que es privada de su libertad, entre otras, es la marginación, la cual no sólo vive durante el cumplimiento de la condena sino aún después de haber egresado de la institución penitenciaria, y los efectos nocivos de la ejecución de la pena privativa de libertad se extienden a los familiares, amigos y, en general, todo su entorno social se ve...

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