Iniciativa nº 547, por la que se reforman las fracciones XI a la XXV, y se adiciona una fracción XXVI al Artículo 83 del Código Penal para el Estado de Aguascalientes”, presentada por el Mtro. Adán Valdivia López, Diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Número de Iniciativa547
Fecha de presentación09 Marzo 2023
EstatusPendiente
LegislaturaLXV Legislatura
ComisiónComisión de justicia
VtfttDOS
ESTADO
UBRE
Y
SOBERANO
DE
AGUASCALI
ENTES
PODER
LEGISLATIVO
-LEGISLATURA
H.
CONGRESO
DEL
ESTADO
DE
AGUASCAUENTES
Aguascalientes^Ags/,'9
2
de
marzo
de
2023.
o
ASUNTO:
Se
presenta
Iniciativa.
,
si
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5.
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C
7
MAR.
ZC23
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HORAiiL^
■9
HONORABLE
SEXAGESIMA
QUINTA
LEGISLATURA
DEL
CONGRESO
DEL
ESTADO
DE
AGUASCALIENTES
PRESENTE.
f.
¡
FIRMA
Quien
suscribe,
MTRO.
ADÁN
VALDIVIA
LÓPEZ,
en
mi
calidad
de
Diputado
integrante
del
Grupo
Parlamentario
del
Partido
Acción
Nacional
de
la
Sexagésima
Quinta
Legislatura
del
H.
Congreso
del
Estado
de
Aguascalientes,
con
fundamento
en
las
facultades
que
me
confieren
los
artículos
27
fracción
I
y
30
fracción
I
de
la
Constitución
Política
del
Estado
de
Aguascalientes,
así
como
los
artículos
16
fracción
III,
109,112
y
114
de
la
Ley
Orgánica
del
Poder
Legislativo
del
Estado
de
Aguascalientes,
someto
a
consideración
de
este
Pleno
Legislativo
la
INICIATIVA
DE
REFORMA
AL
ARTÍCULO
83
DEL
CÓDIGO
PENAL
PARA
EL
ESTADO
DE
AGUASCALIENTES,
para
los
fines
que
a
continuación
se
detallan:
EXPOSICION
DE
MOTIVOS
El
actual
y
vigente
Sistema
de
Justicia
Penal
Acusatorio
que
rige
a
nivel
nacional
virtud
del
Código
Nacional
de
Procedimientos
Penales,
dispone
de
diversos
mecanismos
y
alternativas
para
que
los
procesos
que
son
llevados
a
cabo,
puedan
tener
más
de
un
posible
desenlace
en
cuanto
a
alternativa
de
procedimiento,
favoreciendo
y
dotando
de
mayor
participación
y
capacidad
de
interacción
intraprocesal
a
las
víctimas,
conocidos
como
mecanismos
alternativos
de
solución
de
controversias.
Una
de
esas
alternativas
vigentes
se
trata
de
lo
que
coloquialmente
es
conocido
como
"otorgamiento
del
perdón
.
El
Código
Penal
para
el
Estado
de
Aguascalientes,
en
su
Artículo
80
vigente,
dispone
que
el
perdón
de
la
víctima
u
ofendido
(...)
extingue
el
ejercicio
de
la
acción
penal
y
la
potestad
de
imponer
penas
y
medidas
de
seguridad
.
De
lo
anterior
se
deja
en
evidencia
una
alternativa
más
para
el
desenlace
de
una
situación
procesal
penal
que
es
impulso
propio
y
por
el
cual
se
caracteriza
el
vigente
sistema
de
justicia,
lo
cual
en
totalidad
de
sus
ocasiones
significa
una
despresurización
de
las
labores
del
aparato
de
procuración
de
justicia,
como
una
problemática
de
saturación
actual,
nacional
y
de
las
entidades
federativas.
Iniciativa
por
la
que
se
Reforman
las
fracciones
VI
y
Vil
y
se
Adicionan
las
fracciones
VIII
y
IX
al
artículo
38
de
la
Ley
de
Cultura
Física
y
Deporte
del
Estado de
Aguascalientes
Página
1
de
5
m
i
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