Iniciativa nº 514, por la que se reforma el Artículo 181 B del Código Penal para el Estado de Aguascalientes”, presentada por la Diputados. Ana Laura Gómez Calzada y Dip. Juan Luis Jasso Hernández, en su carácter de integrantes de la LXV Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Aguascalientes

Número de Iniciativa514
Fecha de presentación22 Febrero 2023
EstatusPendiente
LegislaturaLXV Legislatura
ComisiónComisión de justicia
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SECRETARÍA
GENERAL
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1
1
5
FE8.
2023
ESTADO
LIBRE
Y
SOBERANO
DE
AGUASCALI
ENTES
HORA
^
MS
LEGISLATURA
H.
CONGRESO
DEL
ESTADO
DE
AGUASCAUENTES
FIRMA
PODER
LEGISLATIVO
Aguascalientes,
Ags.,
a
14
de
febrero
de
2023.
HONORABLE
SEXAGÉSIMA
QUINTA
LEGISLATURA
DEL
H.
CONGRESO
DEL
ESTADO
DE
AGUASCALIENTES
PRESENTE:
DIP.
ANA
LAURA
GÓMEZ
CALZADA
Y
DIP.
JUAN
LUIS
JASSO
HERNÁNDEZ,
en
nuestro
carácter
de
integrantes
de
la
LXV
Legislatura
del
Honorable
Congreso
del
Estado
de
Aguascalientes,
con
fundamento
en
lo
dispuesto
por
los
artículos
27,
fracción
I
y
30,
fracción
I,
de
la
Constitución
Política
del
Estado
de Aguascalientes;
los
artículos
16,
fracciones
III
y
IV,
108,
109,
112,
y
114
de
la
Ley
Orgánica
del
Poder
Legislativo
del
Estado
de
Aguascalientes,
y
el
artículo
153,
fracción
I,
del
Reglamento
de
la
Ley
Orgánica
del
Poder
Legislativo
del
Estado
de
Aguascalientes,
sometemos
a
consideración
de
esta
Honorable
Soberanía
la
PROPUESTA
DE
REFORMA
al
artículo
181
B
del
Código
Penal
para
el
Estado
de
Aguascalientes,
al
tenor
de
la
siguiente:
EXPOSICIÓN
DE
MOTIVOS
La
violencia
digital
forma
parte
de
la
agenda
pública
en
atención
de
la
violencia
contra
las
mujeres,
donde
hace
algunos
años
se
han
realizado
reformas
legislativas.
Estas
reformas
se
popularizaron
y
fueron
conocidas
como
la
"Ley
Olimpia",
esta
última
no
es
como
tal
una
Ley,
sino
que
fue
como
se
nombró
mediáticamente
a
una
serie
de
reformas
legislativas
derivadas
de
una
lucha
que
inició
Olimpia
Coral
Meló.
Estas
reformas
fueron
adoptadas
a
nivel
federal
y
en
29
entidades
federativas,
por
lo
que
se
han
reformado
sus
Códigos
Penales
para
tipificar
esta
conducta,
incluido
Aguascalientes.
La
violencia
digital
contra
las
mujeres
y
niñas
mediante
las
redes
sociales
puede
tener
diversas
manifestaciones
como
el
ciberbullying,
el
stlaking,
el
grooming,
el
shaming
y
el
doxing,
otro
ejemplo
es
la
difusión
de
contenido
sexual
sin
consentimiento,
de
sus
datos
e
imágenes
personales,
derivando
en
amenazas,
difamaciones,
acoso,
humillación,
ataques
que
afectan
la
libertad
de
expresión
de
las
víctimas.
Además
de
las
redes
sociales,
los
medios
que
se
utilizan
como
vía
para
ejercer
ciberviolencia
son:
plataformas
de
internet,
teléfonos
móviles,
mails,
mensajes
de
texto,
fotografías,
videos,
chats,
páginas
web,
videojuegos,
a
través
de
los
medios
de
comunicación
también
se
generan
contenidos
que
representan
violencia
contra
las
mujeres.
Cabe
destacar
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