Iniciativa nº 41, de Ley de Ingresos del Municipio de San Francisco de los Romo, Ags., para el Ejercicio Fiscal del Año 2022”, presentada por el propio Ayuntamiento del Municipio.

Número de Iniciativa41
Fecha de presentación18 Noviembre 2021
EstatusDecreto
LegislaturaLXV Legislatura
ComisiónComisión de vigilancia
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SAN FRANCISCO DE LOS ROMO, A SU H. AYUNTAMIENTO Y A LA LXV LEGISLATURA DEL
ESTADO DE AGUASCALIENTES,
SOMETE A CONSIDERACION EL
PROYECTO DE LEY DE INGRESOS DEL
MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO DE LOS ROMO,
PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 115 fracciones II, IV de la Constitución
Política para el Estado de Aguascalientes mismo que fue reformado y publicado en el
periódico oficial el 23 de octubre de 2000, así como los artículos 3o y 60 párrafo segundo de
la Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Aguascalientes, y 39 fracción III y IV de la Ley
Orgánica Municipal del Estado de Aguascalientes, conjuntamente con el artículo 112
fracción III del Código Municipal de este Municipio, la Dirección de Finanzas y
Administración presenta la iniciativa de Ley de Ingresos para el Municipio de San Francisco
de los Romo, Aguascalientes; para el ejercicio fiscal 2022 en atención a la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1. ANTECEDENTES.
Las finanzas públicas sanas son el principio de un buen gobierno porque aseguran que la
planeación del desarrollo se sustente sobre bases sólidas. En ese sentido el artículo 112
fracción III del Código Municipal de este Municipio, establece como obligación el que la
Dirección de Finanzas y Administración proponga al H. Ayuntamiento para su análisis y
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aprobación en su caso el Proyecto de Ley de Ingresos del Municipio de San Francisco de
los Romo.
Como lo marca la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos su Artículo. - 115.
Los estados adoptarán para su régimen interior, la forma de gobierno republicano,
representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial
y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme lo establece
este Artículo.
enuncia que Los Municipios administrarán libremente su Hacienda, la cual se formará de
los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, y que; los recursos que integran la
Hacienda Municipal serán ejercidos en forma directa por los Ayuntamientos, o bien por
quien ellos autoricen, conforme a la Ley, citando a demás, que; El Congreso del Estado
aprobará las Leyes de Ingresos de los Municipios.
En otras adecuaciones, se adicionó a la disposición federal, la facultad para que los
ayuntamientos presenten la iniciativa de Ley de Ingresos Municipal, derogándose la
potestad que le asistía al Gobernador del Estado en esta materia.
Bajo ese contexto, la presente iniciativa de Ley de Ingresos del Municipio de San Francisco
de los Romo para el ejercicio fiscal 2022, contiene la estimación de cada uno de los
conceptos de ingresos que legalmente le corresponde percibir, siendo éstos, los que
constituyen el soporte para que el Municipio decida con criterios de racionalidad,
factibilidad y prioridad sobre las obras y acciones que atiendan los requerimientos que los
habitantes del Municipio demanden y que como municipio responsable de la planeación y
el desarrollo, debe buscar el beneficio permanente de su población.

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