Iniciativa nº 184, la Diputada Margarita Gallegos Soto, integrante del Partido Revolucionario Institucional, de la Sexagésima Cuarta Legislatura de este Honorable Congreso del Estado, presenta la Iniciativa de reforma a los Artículos 9, 98 y 108 así como la adición del Título Quinto Ter "De la Certificación, Donación y Trasplantes" de la Ley de Salud del Estado de Aguascalientes.

Número de Iniciativa184
Fecha de presentación23 Mayo 2019
EstatusDecreto
LegislaturaLXIV Legislatura
MY LEGISLATURA
H. CONGRESO DEL ESTADO
DE AGUASGAUENTES
DR JESÚS
DÍAZ DE LEÓN
ESTADO DM Y SOBERANO
DE AGUASCALIENTES
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MARGARITA GALLEGOS SOTO, diputada integrante de
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Revolucionario Institucional, de la Sexagésima Cuarta Legislatura de este Honorable Congreso del
Estado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 30 y 27, fracción I de la Constitución
Política del Estado libre y Soberano de Aguascalientes, y el artículo 15, fracción III de la Ley
Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Aguascalientes, someto a consideración del Pleno de
esta Honorable Representación Popular, la INICIATIVA DE REFORMA A LOS ARTÍCULOS
9, 98 y 108 ASÍ COMO LA ADICIÓN DEL TÍTULO QUINTO TER "DE LA
CERTIFICACIÓN, DONACIÓN Y TRASPLANTES" DE LA LEY DE SALUD DEL
ESTADO DE AGUASCALIENTES, al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En México, hay más de ventiún mil pacientes que padecen enfermedades crónico-degenerativas en
lista de espera por la donación de un órgano humano, de acuerdo con el último informe del primer
trimestre de 2019 del Sistema Informático del Registro Nacional de Transplantes. A pesar de esta
cifra, la tasa promedio de donaciones es de 4.5 donantes por cada millón de habitantes en el país. Si
bien Aguascalientes es un estado que a nivel nacional que ocupa los primeros lugares en el número
de donadores. Sin embargo aún se requiere fomentar y propiciar la cultura de la donación, como
acto altruista que es, así como un acto de buena voluntad; ya que no existen suficientes órganos
para atender la gran demanda de habitantes que necesitan un órgano para transplante. Como bien
sabemos los órganos para trasplante pueden provenir tanto de dondantes vivos como fallecidos, por
lo que este reforma pretende establecer mecanismos de donación y trasplante de órganos más
eficientes, así como promover la cultura de la donación entre los habitantes de nuestra entidad.
HONORABLE ASAMBLEA
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H. CONGRESO DEL ESTADO
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DÍAZ DE LEÓN
ESTADO LIBRE Y SOBERANO
DE AGUASCALIENTES
CENTENARIO LUCTUOSO
PODER LEGISLATIVO
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establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud. Dicha norma debe entenderse
en el sentido más amplio, como la obligación del Estado de otorgar no solamente atención médica,
sino también implementar políticas para la prevención de enfermedades, así como la obligación de
investigar para que todos los habitantes del país puedan gozar de un adecuado acceso a servicios de
salud.
Por otra parte, la investigación médica ha demostrado que la sangre procedente del cordón
umbilical, contiene gran cantidad de células madre. Estas células se extraían con anterioridad de la
médula ósea y han sido utilizadas para curar enfermedades como: leucemia, Anemia aplástica,
Sindrome de Wiskott- Aldrich, Neuroblastomas, trastornos sanguíneos o inmunodeficiencias
congénitas entres otras enfermedades. De acuerdo con datos de la Organización Médica Colegial
de España, en la actualidad existen alrededor de 100 bancos de sangre de cordón umbilical en el
mundo (México ocupa el cuarto lugar en cuanto a disponibilidad de estos centros) y que entre todas
estas instituciones almacenaron alrededor de 200 mil unidades en el año 2008. Sin embargo, la
mayor parte de los cordones se han almacenado en bancos de financiamiento privado, cuyo único
fin de almacenamiento es de uso personal.
La donación de células madre para beneficio público es muy limitada en México, puesto que
existen alrededor de diez bancos de células madres privados y dos bancos con financiamiento
público (el Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea en la Ciudad de México y el Banco del
Hospital Universitario de Nuevo León). Además otra limitación es la falta de cultura en la
donacion de células madres; ya que en el 2018 fue el año más bajo en cuanto a la recoleccion de
células madres, ya que solo se contaron con 25 unidades recolectadas, comparado con datos de
años anteriores; de acuerdo con la Secretaria de Salud.
En la mayoria de los bancos privados, el costo por el servicio de recolección y análisis de células
asciende a un promedio de 10 mil pesos, más mil pesos adicionales durante cada ario que se
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