Iniciativa De Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018.

Fecha de publicación12 Septiembre 2017
Fecha de registro12 Septiembre 2017
Sesión1° Ordinario
EmisorCámara de Diputados
EstatusPUBLICADO EN D.O.F., Aprobado, 15/11/2017
LegislaturaLXIII
Autor de la iniciativaEjecutivo Federal
Gaceta
Parlamentaria
Año XX Palacio Legislativo de San Lázaro, viernes 8 de septiembre de 2017 Número 4862-A
Viernes 8 de septiembre
CONTENIDO
Iniciativas
De Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de
2018
Anexo A
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Presidente de la Mesa Directiva de
la Cámara de Diputados del
Honorable Congreso de la Unión.
Presente.
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción I de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y en cumplimiento del artículo 74, fracción
IV del mismo ordenamiento, así como de los artículos 7o. de la Ley de Planeación
permito someter, por su digno conducto, ante el Congreso de la Unión la Iniciativa
de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2018.
A continuación se expresan los motivos que sustentan esta Iniciativa, en los cuales,
conforme a lo manifestado en los Criterios Generales de Política Económica para la
Iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la
Federación correspondientes al ejercicio fiscal 2018, se da cumplimiento a los
requerimientos establecidos por la LFPRH.
I. Pronóstico de los ingresos presupuestarios del sector público.
En cumplimiento a lo establecido en el artículo 31, cuarto párrafo de la Ley de
Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2017, se presenta la
memoria de cálculo del pronóstico de los rubros de los ingresos contenidos en el
artículo 1o. de la Ley que se propone en la presente Iniciativa.
1. Ingresos del sector hidrocarburos.
1.1 Ingresos propios de Petróleos Mexicanos (PEMEX) y
transferencias del Fondo Mexicano del Petróleo para la
Estabilización y el Desarrollo (FMPED).
El pronóstico de los ingresos propios de PEMEX considera la
proyección que aprobó su Consejo de Administración.
II
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Para el pronóstico de los ingresos procedentes de las transferencias
del FMPED se partió del marco legal aplicable a los ingresos sobre
hidrocarburos que considera los regímenes de asignaciones y de
contratos establecidos en la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos y en
la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el
Desarrollo. Además se consideró la siguiente información:
a) El marco macroeconómico considerado en los Criterios
Generales de Política Económica para la Iniciativa de Ley de
Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la
Federación correspondientes al ejercicio fiscal 2018, que incluye
variables como el precio del petróleo, el precio del gas natural, el
tipo de cambio del peso respecto al dólar de los Estados Unidos
de América y la inflación anual, principalmente.
Cabe señalar que el precio de exportación de la mezcla mexicana
de petróleo considerado en el marco macroeconómico referido
se determinó de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 de
la LFPRH.
b) Las proyecciones para 2018 proporcionadas por PEMEX,
correspondientes a la producción de petróleo y la producción de
gas natural, principalmente.
2. Ingresos no petroleros.
2.1 Ingresos tributarios.
Para efectuar el pronóstico de los ingresos tributarios no petroleros se
consideraron los elementos siguientes:
Serie histórica de los ingresos, de 1990 a junio de 2017.
Pronóstico de ingresos para el cierre del ejercicio fiscal de 2017.
Marco macroeconómico para el ejercicio fiscal de 2018.

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