Iniciativa de ley del Honorable Ayuntamiento Constitucional de San Cristóbal de la Barranca, Jalisco, que aprueba su Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2024.(F.8954)(usb/anexo)

Número de Iniciativa3225/LXIII
Fecha de registro28 Agosto 2023
Autor de la iniciativaSan Cristóbal de la Barranca
Tipo de proyectoIniciativa de Ley
SesiónLegislatura LXII
EtapaComisión de Hacienda y Presupuestos
202/ - 2024
DEPENDENCIA: SECRETARIA GENERAL
OFICIO: 00163/2023
ASUNTO: SE REMITE INICIATIVA
DE LEY DE INGRESOS
P
0895/,
H. CONGRESO DEL ESTADO DE JALISCO
PALAC¡O LEGISLATIVO
Av. Hidalgo No.222
Guadalajara, Jalisco
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i rì'A[ìn Îl,7,3
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Jalisco.
En virtud de lo anterior presentamos en forma impresa y en medio magnético La lnic-iativa de "Ley
de lngresos Municipalãe San G¡stóbalde la Bärranca, Jalisco, para eleiercicio.fiscal2024, así
como el dictamen en donde se realizaron las consideraciones que sirvieron de fundamento para su
debida aprobación de igual forma se adjunta lo siguiente:
Copia certificada del acta de Ayuntamiento de la sesión número 29 de fecha 25 de
;g,;;i" ¿ãl ãozs en cùai se apro¡o La lniciativa de "Lev !9- -lngresos Municipal de
Sän Cristóbal de la Barranca, Jalisco, para el ejercicio fiscal del aÍlo 2024".
lniciativa de Ley de ingresos para el municipio de San Cristóbal de la Barranca del Estado de Jalisco'
ôåi" "l e¡ercióo ¡"cäì-ããi 'üo 2o2a im'presa; compuesta de exposición de motivos y cuerpo
normativo;
lniciativa de ley de lngresos para el municipio de san cristóbal de la Barranca del Estado de Jalisco'
óåi" à à.¡erciciä ns"aiOãiãnó 2024 conteni'da en USB, debidamente etiquetada.
Mediante sesión de Ayuntamiento celebrada el día 25 de agosto onal de San Cristóbal de la
aprobado por el cuerpo edilicio de este H. Ayuntamiento Constitucivotos a favor Y dos en contra
Barranca, Jalisco el dictamen mediante el cual se aprueba con nueve la Barranca, Jalisco, Para el
La lniciativa de "Ley de lngresos Municipal de San Cristóbal de
ejercicio fiscal 2024, y en observancia a lo dispuesto por el artlculo 115, fracción lV, inciso c)' de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los el artlculo 28, fracción lV,
de la Constitución Política para el Estado de Jalisco' y2, 27, 37, fracción l, 38 fracción l, 41
fracciones l,lt y lV y demás relativas a la Ley de Gobierno y la Administración Pública del Estado de
Atentamente F{F tt EJ
San Cristóbal de la ca, Jalisco a
RIAN AVILA
sDICO MUNICIPAL
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Pt]DER LEGISLATIVO DEL
ESTATO DE JAI.ISCO
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2 I AGO 2021
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HORA
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Hidalgo No. 5 Col. Centro
San Cristóbal de la Barranca, Jal. C.P. 45250 sancristobaldelabarrancai alisco.com
presidencia_sa¡rcristobal@hotr¡rail.com
i,,:ì? .ji 95
$:ii'.'3i 7J2 90 56
H. CONGRESO DEL ESTADO DE JALISCO
PRESENTE.
El que suscribe C. María Luz Elena Guzmán Gardona, Presidente Municipal de
San Cristóbal de la Barranca, Jalisco, conforme a lo dispuesto por los artículos 28
ffiuciónPolítica,135delaLeyorgánicadelPoderLegislativoy
37 fracción I de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal, todos
ordenamientos del Estado de Jalisco, me permito someter a consideración de este H.
Congreso del Estado, la presente lniciativa de Decreto que expide la Ley de
lngrãsos delmunicipio de San Gristóbalde la Barranca, Jalisco, para elejercicio
fiscal 2024, altenor de la siguiente:
EXPOS|CIÓN Oe MOTIVOS
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Uno de los problemas principales que enfrentan los municipios es la falta de.recursos
para realizar proyectos que ìmpulsen el desarrollo del mismo y, que en ocasiones, se
þl"rr.n en él pl"n Municipal de Desarrollo en respuesta a las necesidades que se
identifican en las comunidaäes; un ejemplo de ello es la falta de infraestructura para la
prestación de servicios básicos (luz, agua, drenaje, etc.), el mantenimiento de caminos
ä ta falta de infraestructura de comunicación a las poblaciones más retiradas de la
cabecera municipal, o los espacios de esparcimiento familiar que necesita los
ciudadanos para generar un ambiente de convivencia sana.
En ese sentido, la facultad que le otorga al municipio el artículo 115' fracción lV de la
constitución Política de Ios Estados uÁ¡oos Mexicanos, le permite hacerse. allegar de
recursos propios, que define a través de cuotas, tarifas y tasas aplicables a impuestos'
Oèiécnos'y äontiiËuciones de mejoras que proponga a la legislatura estatal en su
lniciativa de Ley de lngresos municipal'
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ello, el Ayuntamiento de San Cristóbal de la Barranca, Jalisco, propone en la
presente lniciativa de LeY de lngresos un incremento gene ral del 5o/o a las cuotas Y
tarifas de los rubros de derechos, productos, contribuciones especiales Y
aprovechamientos, conforme al lndice Nacional de Precios al Consumidor (INPC)'
previsto para el 2024 Por el Banco de México, considerando que esto Permitirá la
actualización de las cuotas Y tarifas, a fin de establecer un equllibrio entre los servicios
êt¿gque se otorgan Y el costo que represe nta otorgarlos, sin que se vea afectada la
capacidad adquisitiva del municiPio Para obtener los bienes y servicios que se
requieren Para solventa r las crecientes necesidades de la población en cuanto a obras,
servicios, infraestructura, programa sociales Y de innovación de la administración
pública municiPal.
Asimismo, este Ayuntamiento ha decidido proponer de manera particular las siguientes
modificacion"r, jr.iiirc"nãà puntuatmãntä .äd" un" de ellas como se muestra a
I
continuación
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LEY DE INGRESOS
2023 LEY DE INGRESOS
2024 JUSTIFICACION/
FUNDAMENTAGIÓN
Se adiciona la fracción lV
Otros servicios prestados
de agricultura y ganadería
por el Municipio en virtud
que se prestaban los
servicios, y se dejaba de
recaudar lo
correspondiente a estos
conceptos, por lo que se
llegó a la conclusión de
rea\izar un cobro, para
mejorar la recaudación de
nuestro municipio.
Artículo 73.-
Se adiciona en la fracción
lV el inciso a). Contrato de
arrendamiento, en virtud
que se prestaba el servicio,
y se dejaba de recaudar lo
correspondiente a este
concepto, por lo que se
llegó a la conclusión de
realizar un cobro, Para
mejorar la recaudación de
nuestro municiPio.
Artículo 73.-
Se adiciona en la fracci
lV el inciso b). Registro de
figuras de herrar, en virtud
que se prestaba el servicio,
y se dejaba de recaudar lo
correspondiente a este
concepto, Por lo que se
llegó a la conclusión de
realiza¡ un cobro, Para
mejorar la recaudación de
nuestro municiPio.
ón
Artículo 73.-
2

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