Iniciativa de ley del Honorable Ayuntamiento Constitucional de Mascota, Jalisco, que aprueba su Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2024.(F.9067)(cd/anexo)

Número de Iniciativa3311/LXIII
Fecha de registro30 Agosto 2023
Autor de la iniciativaMascota
Tipo de proyectoIniciativa de Ley
SesiónLegislatura LXII
EtapaComisión de Hacienda y Presupuestos
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MASCOîA
Gobjrno lù¡nkiÈJ 2O2l - 2O21 H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE MASCOTA, IALISCO
SEcRETAnÍn cEUERAL
oF.PMIvf/SGW21-24/2Ü2v223
ASUNTO: ENTREGA DE LEY DE INGRESOS
Mascota, Jalisco; 30 de Agosto de2023
H. CONGRESO DEL ESTADO DE IATISCO
PALACIO LEGISLATTVO
AVENIDA HIDALGO NO 222
GUADALAJARA, JALISCO.
PRESENTE.-
Por medio del presente enviamos un cordial saludo y remitimos a este H.
Congreso la Iniciativa de la Ley de Ingresos para el Municipio de Macota, ]alisco del
Ejercicio Fiscal 2024, para su análisis, revisión y aprobación por parte de la Legislatura.
En virtud a 1o anteriormente manifestado, adjuntarnos al presente oficio en forma
impresa y en medio digital lo siguiente:
ORIGINAL DE LA INICIATIVA DE LA LEY DE INGRESOS PARA EL EIERCICIO
FrscAL 2024DEL MUNICIHO DE MASCOTA,IALISCO AL CONGRESO DEL
ESTADO, FIRMADA POR EL PRESIDENTE MTINICIPAL Y EL SECRETARIO
DEL AYUNTAMIENTO.
ACUERDO CERTIFICADO DEL PUNTO NÚMERO 05 (CINCO) DEL ORDEN
DEL DÍAV CORRESPONDIENTE AL ACTA DE CABILDO TTiÚTúENO ¿q
(CUARENTA Y NIJEVE) DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE
AYTTNTAMTENTO NUtUrnO rr (ONCE) DE FECHA 30 (TREINTA) DE
AGOSTO DEL AÑO 2023 (DOS MIL VEINTITRÉS).
UNA UNIDAD EXTRAIBLE USB, CON LA INFORMACIÓN ANTES REFERIDA
EN FORMATO WORD Y SUS ANEXOS EN EXCEL.
FUNDAMENTO JURfptCO (ART. 3Z FRACCIÓN L DE LA LEY DEL GOBIERNO
Y LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE JALISCO).
topnz.
Mascota,
ABG. JOSÉ
Secretario General del H. AJalisco
"2023, Año del Bicentenario del Nacimiento del Estado Libre y Soberano de Jalisco"
*
*
PODER DEL ESTADO
€tso f uk Sin más por el momento, nos despedimos quedando a sus órdenes para cualquier
o aclaración al respecto.
ATENTAMENTE:
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Ayuntomiento No.1 Col. Centro, C.P. 46900. Moscoto, Jolisco
{388) 386 A32s t 386 1179 / 386 0052
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D3 0 AGO 2023
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MASCOTA
Goõicrno ülnkiÞll 2C2l - 2O21
Ayuntamiento No.1 Col. Centro, C.P. 46900, Moscoto, Jolisco
t38B) 386 O32s I 386 1 1 79 / 386 0052
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE MASCOTA.' IATISCO
SEcRETAn͡. cENERAL
OF. PMIvf/S GWn-2q2o2Y224
ASUNTO: IMCIATTVA LEY DE INGRESOS PARA EL EIERCIOO FISCAL 2024
Mascota, ]alisco;30 de Agosto de2023
H. CONGRESO DEL ESTADO DE JAIISCO
PRESENTE..
El que suscribe, Ciudadano Lic. Marco Antonio Rubio López, Presidente
Constitucional del municipio de Mascota, Jalisco para el periodo 2021,-2024, en ejercicio
de las facultades que le confiere el artículo 28 fracción IV de la Constitución Política,1.47
fracción IV 148 y 154 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, ambos ordenamientos
del Estado de Jalisco, remito en tiempo y f.orma,la presente iniciativa de ley que expide
Ia Ley de Ingresos para el Municipio de Mascota del Estado de lalisco rpãtael Eiercicio
Fiscal 2g24,que contiene las contribuciones municipales para el eiercicio fiscal propuesto
de acuerdo con la siguiente:
A) PARTE EXPOSITIVA:
Ð(POSICIÓN PE MOTIVOS
El principal problema que enfrentan los municipios es la falta de recursos para realizar proyectos
que impulsen el desanollo del mismo y, a sabiendas de esta problemática es por eso que se
plasman en el Plan Municipal de Desarrollo en respuesta a las necesidades que se identifican
en las comunidades; un ejemplo de ello es la falta de infraestructura para la prestación de
seMcios básicos (luz, agua, drenaje, etc.), el mantenimiento de caminos o la falta de
infraestructura de comunicación a las poblaciones más retiradas de la cabecera municipal, o los
espacios de esparcimiento familiar que necesitan los ciudadanos para generar un ambiente de
convivencia sana.
En ese sentido, la facultad que le otorga al municipio el artículo 1 15, fracción lV de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, le permite hacerse allegar de recursos propios, que
define a través de cuotas, tarifas y tasas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de
mejoras que proponga a la legislatura estatal en su lniciativa de Ley de lngresos municipal.
Por ello, el Ayuntamiento del Municipio de Mascota, Jalisco, propone en la presente iniciativa de
la Ley de ingresos un incremento generaldel7o/o a las cuotas y tarifas de los rubros de impuestos,
dereðhos, þroductos, contribuciônes especiales y aprovechamientos, conforme al indice
Nacional de Precios al Consumidor (INPC), previsto para el 2O24 por el Banco de México,
considerando que esto permitirá la actualización de las cuotas y tarifas, a fin de establecer un
equilibrio entre los servicios que se otorgan y el costo que representa otorgarlos, sin gue se vea
afectada la capacidad adquisitiva del municipio para obtener los bienes y servicios que se
requieren para solventar las crecientes necesidades de la población en cuanto a obras, servicios,
infraestructura, programas sociales y de innovación de la administración pública municipal.
La hacienda municipal a sabiendas de las necesidades básicas que requiere el municipio y sus
condiciones vulnerables de la recaudación propone aplicar ese incremento sin afectar la
economía de la ciudadanía y estableciendo un punto de equilibrio para el municipio al momento
de ofrecer los servicios básicos, tomando en consideración que sus ingresos mayores no son de
la recaudación municipal sino de las participaciones que el municipio recibe de la federación y
del estado.
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MASCOTA
GÈima tlunl.iptl 2o21- 2021
LEY QUE EXPIDE LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE MASCOTA
DEL ESTADO DE IALISCO, PARA EL EIERCICIO FISCAL 2024.
ART'ÍCUI,O úNfCO. Se expide la Ley de Ingreso del municipio de
-
del
Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal 2024, para quedar como sigue:
CUERPO DE LA LEY (INSERTAR TEXTO)
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente decreto iniciará su vigencia el primero de enero del año
2024, después de su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de ]alisco".
SEGUNDO.- Se exime a los contribuyentes la obligación de anexar a los avisos
traslativos de dominio de regularizaciones de la Comisión Reguladora de Ia Tenencia
de la Tierra (CORETT) ahora Instituto Nacional del Suelo Sustentable (INSUS) y del
PROCEDE y/o Fondo de Apoyo para Núcleos Agrarios sin Regularizar (FANAR), el
avalúo a que se refiere el artículo l79,fracción I, de la Ley de Hacienda Municipal y el
artículo 81, fracciôn I, de la Ley de Catastro Municipal del Estado de |alisco.
TERCERO.- Cuando en otras leyes se haga referencia al Tesorerofesorería, se
deberá entender que se refieren al Encargado de la Hacienda Municipal, de igual
m¿rnera cuando r" hugu referencia al Ayuntamiento se refiere al Órgano de Gobierno
del Municipal y por último cuando se haga referencia al Secretario, se deberá entender
al servidor público encargado de Ia Secretaría.
CUARTO.- De conformidad con los artículos 60 y 61 de la Ley de Catastro
Municipal del Estado de |alisco,la determinación de las contribuciones inmobiliarias
a favor de este municipio se realizará de conformidad a los valores unitarios aprobados
por el H. Congreso del Estado de falisco en el último ejercicio fiscal. A falta de éstos,
se prorrog¿ìrá la aplicación de los valores vigentes en el eiercicio fiscal anterior.
QUINTO.- Las autoridades municipales deberán acatar en todo momento las
disposiciones contenidas en el artículo 197 dela Ley de Hacienda Municipal del Estado
de Jalisco respecto a Ia aplicación de las sanciones y los límites mínimos y máximos
establecidos para el pago de las multas, con la finalidad de eliminar la discrecionalidad
en su aplicación.
ATENTAMENTE
Dado en el Recinto Oficial del H. Ayuntamiento de a los
días del rnes de del año dos mil veintitrés.
EL PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
DEL MUNICIPIO DE
Ayuntomiento No.1 Col. Centro, C.P. 46900, Moscoto, lolisco
{388} 385 O32s t 386 1 1 79 / 386 0052 MgSCgTg
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