Iniciativa de ley de la diputada Leticia Pérez Rodríguez, que reforma el artículo 305 del Código Penal para el estado libre y soberano de Jalisco.(F2834)
Número de Iniciativa | 1017/LXIII |
Fecha de registro | 29 Junio 2022 |
Autor de la iniciativa | Pérez Rodríguez Leticia |
Tipo de proyecto | Iniciativa de Ley |
Sesión | Legislatura LXII |
Estatus | Comisión de Puntos Constitucionales y Electorales |
Etapa | Comisión de Puntos Constitucionales y Electorales |
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H. CONGRESO DEL ESTADO DE JALTSCO
PRESENTE.
La que suscribe LETICIA PÉREZ RODRÍGUEZ, diputada integrante del Grupo
Parlamentario del Movimiento de Regeneración Nacional, en uso de las facultades
que me confieren los artículos 28 fracción 1 y 35 de la Constitución Política del estado
de Jalisco y 26 párrafo 1 fracción XI, 135 párrafo 1 fracción ly 142 de Ley Orgánica del
Poder Legislativo ambos ordenamientos del Estado de Jalisco, someto a la
consideración de esta Asamblea, la siguiente Iniciativa de Ley que reforma el
artículo 305 del Código penal para el estado libre y soberano de Jalisco, para lo
cual hago la siguiente:
EXPOSICIóN DE MOTIVOS.
Es una facultad soberana del Congreso de Jalisco legislar en todas las ramas
del orden interior del Estado, expedir leyes y ejecutar actos sobre materias que
le son propias, salvo aquellas concedidas al Congreso de la Unión conforme al
Pacto Federal en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tal
como lo dispone el artículo 35 fracción I, de la Constitución Política del Estado
de Jalisco.
Es un derecho de los diputados de este Congreso del Estado de ialisco,
presentar iniciativas de Ley, decreto o acuerdo legislativo en materia de
competencia estatal, conforme a lo dispuesto por el artículo 27 fraccion I de la
vigente Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco.
ilI El artículo 15 de la Constitución Política del estado de Jalisco, establece con
toda claridad en su fracción V lo siguiente:
Los órganos del poder público del Estado proveerán las condiciones
para el ejercicio pleno de la libertad de las personas y grupos que
integran la sociedad y propiciarán su participacion en la vida social,
económlca, política y cultural de la entidad. Para e//o:
V. La legislación local protegerá y fomentará el patrimonio
cultural y natural del Estado de Jalisco. Las autorÍdades, con la
participacÍón corresponsable de la sociedad, promoverán el
respeto, la restauración, la conseruación y la difusión de la cultura
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