Iniciativa Que expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022.
Fecha de registro | 09 Septiembre 2021 |
Fecha de publicación | 09 Septiembre 2021 |
Sesión | 1° Ordinario |
Legislatura | LXV |
Autor de la iniciativa | Ejecutivo Federal |
Estatus | PUBLICADO EN D.O.F., Aprobado, 12/11/2021 |
Gaceta
Parlamentaria
Año XXIV Palacio Legislativo de San Lázaro, miércoles 8 de septiembre de 2021 Número 5864-A
Miércoles 8 de septiembre
CONTENIDO
Iniciativa del Ejecutivo federal
De Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal
de 2021
Anexo A
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
C. PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN
PRESENTE
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción I de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y en cumplimiento del artículo 74, fracción
IV del mismo ordenamiento, así como de los artículos 7o. de la Ley de Planeación
y 40 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), me
permito someter por su digno conducto, ante ese Honorable Congreso de la Unión
la presente Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio
Fiscal de 2022.
Los motivos que sustentan la presente Iniciativa, se expresan conforme a lo
manifestado en los Criterios Generales de Política Económica para la Iniciativa de
Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación
correspondientes al Ejercicio Fiscal 2022, y en cumplimiento a los requerimientos
establecidos por la LFPRH, al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I. Pronóstico de los ingresos presupuestarios del sector público
En cumplimiento a lo establecido en el cuarto párrafo del artículo 28 de la Ley de
Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2021, se presenta la
memoria de cálculo del pronóstico de los rubros de los ingresos contenidos en el
artículo 1o. de la Ley que se propone en la presente Iniciativa.
1. Ingresos del sector hidrocarburos
1.1 Ingresos propios de Petróleos Mexicanos (PEMEX) y
transferencias del Fondo Mexicano del Petróleo para la
Estabilización y el Desarrollo (FMPED)
II
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
El pronóstico de los ingresos propios de PEMEX considera la
proyección que aprobó su Consejo de Administración, sin embargo, la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), en el ejercicio de
sus atribuciones modificó dicha proyección, con el fin de alinearla con
el marco macroeconómico incorporado en los Criterios Generales de
Política Económica para la Iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto
de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondientes al
Ejercicio Fiscal 2022, particularmente en lo relativo al Producto Interno
Bruto (PIB), al precio de la mezcla mexicana de petróleo, al precio del
gas natural, al tipo de cambio del peso respecto al dólar de los Estados
Unidos de América y a la inflación anual, entre otros elementos.
Para el pronóstico de los ingresos procedentes de las transferencias
del FMPED, se partió del marco legal aplicable a los ingresos sobre
hidrocarburos que considera los regímenes de asignaciones y de
contratos establecidos en la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos
(LISH) y en la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la
Estabilización y el Desarrollo (LFMPED). Además, se consideró la
siguiente información:
a) Interna: marco macroeconómico incorporado en los Criterios
Generales de Política Económica para la Iniciativa de Ley de
Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la
Federación correspondientes al Ejercicio Fiscal 2022, de donde se
obtienen variables como el precio del petróleo, el precio del gas
natural, el tipo de cambio del peso respecto al dólar de los Estados
Unidos de América y la inflación anual, principalmente.
Cabe destacar que el precio internacional de la mezcla de petróleo
mexicano incorporado en el marco macroeconómico mencionado
se determina de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 de la
LFPRH.
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