Iniciativa de Decreto por el que se reforman las fracciones X, XII y se adicionan la XIII y XIV del artículo 299 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla

Fecha de registro12 Octubre 2023
Etapacomisión de procuración y administración de justicia
Autor de la iniciativaLizette Minto García
EstatusEn Trámite
SesiónPrimer Periodo Ordinario (15 Sep. al 15 Dic)
Partido PolíticoPAN


CC DIPUTADAS Y DIPUTADOS INTEGRANTES

DE LA MESA DIRECTIVA DE LA

LXI LEGISLATURA DEL HONORABLE

CONGRESO DEL ESTADO LIBRE

Y SOBERANO DE PUEBLA



Suscribe la diputada Lizette Minto García Diputadas y Diputados de la LXI Legislatura del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla e integrantes del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo establecido por los artículos 63, fracción II, y 140 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, y en los artículos 44, fracción II; 144, fracción II, y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, así como en las demás disposiciones aplicables, someto a consideración de esta Honorable Soberanía la siguiente Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman las fracciones X y XII y se adicionan las fracciones XIII y XIV del artículo 299 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla, en materia de impedimentos legales para contraer matrimonio, conforme a la siguiente:


ANTECEDENTES


Han existido casos en a nivel nacional como en Oaxaca donde se aprobó el dictamen propuesto por el grupo feminista de Las Constituyentes MX el busca la consagración de la prohibición del derecho a contraer matrimonio por ser deudores alimenticios. Dicha iniciativa, busca que los deudores morosos no podrán adoptar, casarse ni tener acceso a créditos bancarios o proveedurías de gobierno. De igual forma, se buscó que el Registro Civil busque celebrar convenios con las sociedades de información crediticia a fin de proporcionar la información de las personas que se encuentren inscritas en el registro de deudores alimentarios morosos con el objeto de que sea tomada en cuenta para el otorgamiento de créditos.

https://cimacnoticias.com.mx/2021/09/17/prohiben-matrimonio-adopcion-y-creditos-a-deudores-alimentarios-morosos-en-oaxaca/#gsc.tab=0

Por otra parte, a nivel nacional se ha modificado la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes quienes, en mayo pasado el Senado de la República aprobó por unanimidad la creación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, la cual busca ser una consulta obligatoria como requisito clave para realizar trámites y obtener documentos de identidad. De igual forma, dicha reforma busca hacer de dominio público los nombres de aquellas personas que no otorguen dicha manutención a los infantes.

La reforma consistió en contemplar la creación de un certificado en base al artículo 100, fracción II, VII y IX del código civil que busca acreditar a la persona en cuestión como libre de obligaciones alimentarias incumplidas, un requisito que solicitarán distintas instituciones gubernamentales para obtener documentos de identidad, realizar trámites relacionados con la compra y venta de inmuebles ante notario público o la transmisión de derechos de propiedad.

Dicha reforma a la que se hace referencia en el párrafo tiene como objetivo garantizar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias de los padres hacia sus hijos menores de edad. En este sentido, se contempla la creación de un certificado que acreditará que la persona en cuestión no tiene obligaciones alimentarias incumplidas. Este certificado será requerido por distintas instituciones gubernamentales para obtener documentos de identidad.

Dicho certificado ya se encuentra en ejercicio en Tuxtepec, Oaxaca que se ha convertido en requisito que deben de cumplir las parejas para contraer matrimonio, esto para garantizar la seguridad de las personas con las que contraerán matrimonio. Dicho certificado tiene un costo de 323 pesos.

https://congresooaxaca.gob.mx/docs65.congresooaxaca.gob.mx/legislacion_estatal/Codigo_Civil_del_Estado_de_Oaxaca_(Ref_dto_2888_aprob_LXIV_Legis_22_oct_2021_PO_49_6a_secc_4_dic_2021).pdf

En este sentido, todas las personas que pretendan contraer matrimonio deberán estar acreditadas a la no inscripción frente a dicho registro.

https://elpais.com/mexico/2023-05-10/deudores-de-pension-alimentaria-registro-funcionamiento-y-todo-lo-que-no-podran-hacer-con-la-nueva-ley.html

https://www.e-consulta.com/nota/2023-03-22/nacion/deudores-de-pension-alimenticia-no-podran-casarse-por-ley

Finalmente, el Gobierno de Bolivia propuso la iniciativa de la ley para procurar que la asistencia familiar se otorgue de manera oportuna. En este caso particular, se hace mención que es que, para acceder a planes, programas y proyectos sociales aprobados y financiados por el Estado, se incluya como un requisito para la postulación el no tener registro de deudor.



EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


El matrimonio es la piedra angular de la familia. Proporciona estabilidad y un ambiente seguro para los hijos, promoviendo un desarrollo emocional, cognitivo y social óptimo para ellos. Cuidar el matrimonio implica cultivar un compromiso profundo y duradero entre los cónyuges. Esto brinda estabilidad emocional y psicológica, permitiendo que ambos se sientan seguros y apoyados en su relación. Durante los desafíos y dificultades de la vida, el matrimonio brinda un sistema de apoyo vital. La pareja puede enfrentar juntos problemas financieros, de salud, laborales u otros, fortaleciendo así su relación. Al cuidar la relación matrimonial, cada cónyuge tiene la oportunidad de crecer como individuo y como pareja. Se pueden fomentar la comprensión, la tolerancia, la empatía y la comunicación efectiva, mejorando la relación en todos los aspectos. Un matrimonio fuerte y cuidado es un modelo positivo para los hijos, mostrándoles cómo se establecen y mantienen relaciones saludables. También puede influir positivamente en la comunidad al fomentar valores como el respeto, la honestidad y el compromiso. Las relaciones matrimoniales saludables están asociadas con mejores estados de salud mental y física. El apoyo emocional y la estabilidad que proporciona un matrimonio bien cuidado pueden reducir el estrés y mejorar la calidad de vida. Un matrimonio sólido y bien cuidado puede aumentar la satisfacción y la felicidad en la vida cotidiana. La relación amorosa y la conexión emocional fortalecen la felicidad individual y la satisfacción con la vida en pareja. Cuidar el matrimonio puede llevar a una relación más duradera y satisfactoria. Al invertir tiempo, energía y esfuerzo en la relación, es más probable que perdure a largo plazo y se mantenga fuerte con el tiempo.

En resumen, cuidar el matrimonio no solo beneficia a la pareja involucrada, sino también a los hijos, a la sociedad y al bienestar general. Es un compromiso mutuo que conlleva una vida más plena y satisfactoria.

El derecho a tener una vida libre de violencia, la igualdad de derechos, de oportunidades y de acceso a los recursos, la distribución equitativa entre mujeres y hombres de las responsabilidades respecto de la familia y una asociación armoniosa entre ellos son indispensables para su bienestar y el de su familia.

México, como muchos otros países, ha enfrentado y sigue enfrentando problemas relacionados con la desigualdad de género y actitudes machistas arraigadas en su cultura y sociedad.

La violencia contra las mujeres es un problema serio en México, manifestándose en diversas formas como la violencia doméstica, feminicidios, acoso sexual, agresión física y discriminación.

Es fundamental abordar estos problemas de manera integral a través de políticas públicas efectivas, programas educativos, campañas de concienciación y un cambio cultural que promueva la igualdad de género y respeto mutuo entre hombres y mujeres. El empoderamiento de las mujeres, la educación sobre igualdad de género y la sensibilización son herramientas clave en este proceso.

Es importante destacar que la violencia en el matrimonio es inaceptable en cualquier circunstancia y va en contra de los derechos humanos y la dignidad de las personas.

La familia es lo más importante de nuestra sociedad, y particularmente si tomamos en cuenta que de esta dependen las niñas, niños y adolescentes, quienes tienen la oportunidad de crecer en un ambiente libre de violencia lo cual debe de ser un eje rector para su sano desarrollo.

Desafortunadamente no solo las mujeres están expuestas a la violencia, sino también todas las niñas, niños y adolescentes. La violencia que se ejerce sobre ellas y ellos no solo son agresiones físicas, sino también de manera verbal, psicológica y en el peor de los casos sexual.

En nuestro derecho interno, el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce el derecho de la niñez a un sano desarrollo integral, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en su artículo 13 fracciones VII y VIII, reconoce los derechos de los menores de edad a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral, así como a vivir una vida libre de violencia y a la integridad personal; mientras que el numeral 103 de la misma ley obliga a quienes ejercen la patria potestad, a protegerles contra toda forma de violencia, maltrato, perjuicio, daño, agresión, abuso, venta, trata de personas y explotación. De igual...

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