Iniciativa de Decreto por el que se reforman las fracciones I y III del artículo 130 y el 131 de la Ley Estatal de Salud

Fecha de registro05 Octubre 2023
Etapacomisión de salud
Autor de la iniciativaErika Patricia Valencia Ávila
EstatusEn Trámite
Partido PolíticoPAN
SesiónPrimer Periodo Ordinario (15 Sep. al 15 Dic)
Av 5 Pte 128, Col Centro, C.P. 72000 Puebla, Pue.
Tel. (55) 5625 6700 | www.congresopuebla.gob.mx
Diputada Erika Patricia Valencia Ávila, integrante del Grupo
Legislativo del Partido Acción Nacional de la LXI Legislatura del Honorable
Congreso del Estado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 63 fracción
II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción
II, 144 fracción II y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y
Soberano de Puebla; y 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable
Congreso del Estado del Estado Libre y Soberano de Puebla, someto a
consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado la presente Iniciativa de
Decreto por virtud del cual se reforman las fracciones I y III del artículo 130 y
el 131 de la Ley Estatal de Salud; al tenor de los siguientes:
C O N S I D E R A N D O S
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) definió, en el año 1988, a
la prevención de salud como aquellas medidas destinadas no solamente a prevenir
la aparición de la enfermedad, tales como la reducción de factores de riesgo, sino
también a detener su avance y atenuar sus consecuencias una vez establecidas.
Que de esta manera, es que la prevención en salud se entiende como
aquellas medidas orientadas a prevenir y detener el avance de una enfermedad,
así como a aliviar o atenuar sus efectos, una vez iniciada, estando basada en el
conocimiento de la historia natural de la enfermedad o en como evoluciona un
proceso patológico, cuando no hay intervención médica de por medio.
Que es importante destacar que, cuanto antes se apliquen las medidas de
intervención, mejor será el resultado en la prevención de la enfermedad o de sus
secuelas, con todo ello, al controlar un problema de salud, se pueden establecer
CC. DIPUTADAS(OS) INTEGRANTES DE LA MESA
DIRECTIVA DE LA LXI LEGISLATURA DEL HONORABLE
CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA.
P R E S E N T E

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