Iniciativa de Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable del Estado de Puebla.

Fecha de registro21 Octubre 2021
Etapacomisión de medio ambiente, recursos naturales y cambio climático
Autor de la iniciativaRoberto Solís Valles
EstatusEn Trámite
SesiónPrimer Periodo Ordinario (15 Sep. al 15 Dic)
Partido PolíticoMORENA
GRUPO LEGISLATIVO
DIP. ROBERTO SOLÍS VALLES
Página 1 de 6
DIPUTADA NORA YESSICA MERINO ESCAMILLA
PRESIDENTA DE LA MESA DIRECTIVA DEL
HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA
P R E S E N T E
El suscrito Diputado integrante del Grupo Legislativo del Partido Político morena, de
la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y
Soberano de Puebla; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 63 fracción II
y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción
II, 144 fracción II, 147, 148 y 149 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado
Libre y Soberano de Puebla; y demás relativos aplicables, someto a consideración
de esta Asamblea la siguiente: INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE
REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE DESARROLLO
FORESTAL SUSTENTABLE DEL ESTADO DE PUEBLA, de conformidad con los
siguientes:
C O N S I D E R A N D O S
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce en su artículo 4°
el derecho que tienen todas las personas a un medio ambiente sano para su
desarrollo y bienestar, imponiendo como una obligación para el Estado garantizar el
respeto a este derecho y determinando que el daño y deterioro ambiental generará
responsabilidad para quien lo provoque de conformidad con la legislación aplicable
en la materia.
En ese orden de ideas y de conformidad con el Protocolo de San Salvador, tratado
firmado, ratificado y que entró en vigor a partir de mil novecientos noventa y nueve
del cual el Estado Mexicano es parte, y cuyo objeto es el de reafirmar el propósito
por tener un continente fundado en el respeto de los derechos humanos esenciales
del hombre, se determinó en el artículo 11 de dicho instrumento que, toda persona
tiene derecho a vivir en un medio ambiente sano y a contar con servicios públicos
básicos, debiendo los Estados Partes promover la protección, preservación y
mejoramiento del medio ambiente.
En relación a lo anterior y en cumplimiento a la obligación del Estado para garantizar
el derecho a un medio ambiente sano, la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable del
Estado de Puebla tiene por objeto entre otros los siguientes:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR