Iniciativa de Decreto que reforma los artículos 13, 14, 22, 51,123, 124 y 128 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla

Fecha de registro15 Marzo 2022
Etapacomisión de procuración y administración de justicia, comisión de igualdad de género
Autor de la iniciativaFernando Morales Martínez
EstatusEn Trámite
Partido PolíticoPMC
SesiónSegundo Periodo Ordinario (15 de Ene. al 15 Mar.)







INICIATIVA DE PARIDAD JUDICIAL

REFORMA A LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL



C.C. DIPUTADOS Y DIPUTADAS INTEGRANTES DE MESA DIRECTIVA,

DE LA LXI LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO

DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA

PRESENTES.

Diputado Fernando Morales Martínez en mi facultad de Coordinador del Grupo Legislativo de Movimiento Ciudadano y vocal de la Comisión de Igualdad de Género de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II, 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II, 144 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 fracción VI del Reglamento Interior de Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, someto a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado la presente Iniciativa de Paridad Judicial por el que se reforman los artículos 13, 14, 22, 51,123, 124 y 128 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla.











EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Con la atribución de función de la iniciativa legislativa y como integrante de la Comisión de Igualdad de género de la LXI Legislatura presento ante esta Soberanía la Iniciativa de Paridad Judicial por el que se reforman los artículos 13, 14, 22, 51,123, 124 y 128 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla, con el objetivo de contribuir al mejoramiento de la normatividad del Poder Judicial y para garantizar la representación de la paridad de género en los órganos jurisdiccionales, así como promover la igualdad de oportunidades en los concursos de oposición de la Carrera Judicial.

El avance legislativo en materia de paridad son el sustento jurídico para presentar este proyecto de Iniciativa de Paridad Judicial, por lo que hay que destacar que la Reforma Constitucional de Paridad de Género publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio de 2019, reforma 9 artículos 2, 4, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115 de la Constitución Política Mexicana para garantizar que la mitad de los cargos de decisión política en los tres niveles de gobierno -federal, estatal y municipal-, en los tres poderes de la Unión -Ejecutivo, Legislativo y Judicial- organismos autónomos y municipios de población indígena exista paridad es decir el 50% de cargos sean para mujeres, “paridad en todo” o paridad transversal, lo cual constituye un avance de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el acceso al poder político.



La Reforma Paritaria, en lo que se refiere a la esfera del Poder Judicial, establece que para la integración de los órganos jurisdiccionales su selección será mediante concursos abiertos observando la paridad de género, como se cita legalmente en el artículo 94 “La Suprema Corte de Justicia de la Nación se compondrá de once integrantes, Ministras y Ministros y funcionará en Pleno o en Salas. La ley establecerá la forma y procedimientos mediante concursos abiertos para la integración de los órganos jurisdiccionales observando el principio de paridad de género”.

La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible impulsa el compromiso para el logro de la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres de forma transversal, en el que promueve la Justicia con perspectiva de género y la representación de las mujeres en el poder judicial. En concreto, la representación de las mujeres en la judicatura es vital ya que garantiza que el sistema jurídico se desarrolle teniendo en cuenta que existirá una próxima generación de juezas y magistradas más capacitadas sensibles al género juzgando con perspectiva de género para la toma de decisiones de una sociedad para lograr la igualdad, el desarrollo sostenible, la paz y la democracia.

La ONU promueve acciones efectivas para mujeres juzgadoras, ha decretado el 10 de marzo como Dia Internacional de las Juezas, para promover la participación plena e igualitaria de las mujeres en todos los niveles de la judicatura y para celebrar los avances logrados y concientizar sobre los retos que quedan por delante, a través de la Red Mundial de Integridad Judicial de la ONU trabaja para incorporar en los sistemas judiciales la paridad de género sugiriendo a estos órganos especializados que institucionalicen en los Tribunales Judiciales la transversalización de la igualdad de género en coordinación con los lineamientos de la Comisión Internacional de Juristas y la Corte Internacional de Justicia. El análisis de las Naciones Unidas señala que las juzgadoras en el mundo representan aproximadamente el 21%, y en México de acuerdo al Censo Nacional de Impartición de Justicia 2021 de Inegi, se registraron 1,443 cargos de magistraturas y jueces, de los cuales, 77.6% correspondió a hombres y 22.4% a mujeres.

En la misma ruta jurídica este proyecto de iniciativa de Paridad Juridicial, propone realizar la armonización legislativa con la Constitución Política de Puebla, que en el Título Quinto Del Poder Judicial, determina en el artículo 87 (artículo reformado el 29 de junio de 2020), que el Tribunal Superior de Justicia estará integrado observando el principio de paridad de género.

Artículo 89. El Tribunal Superior de Justicia estará integrado por el número de Magistradas y Magistrados propietarios y suplentes que fije la ley, mismos que serán nombrados por el Congreso, a propuesta en terna del Ejecutivo. La ley establecerá las formas y procedimientos mediante concursos abiertos para la integración de los órganos jurisdiccionales, observando el principio de paridad de género".









Continuando la hoja de ruta legal, se propone que este proyecto de Iniciativa de Paridad Judicial, efectué la armonización normativa con la Reforma Judicial de 2021, que contiene dentro de sus preceptos constitucionales una justicia con perspectiva de género y avances hacia la paridad de género, esta reforma consiste en el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 7 de junio de 2021 por el que se expide la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley de Carrera Judicial de Poder Judicial de la Federación, ambos dispositivos jurídicos están dotados de cambios estructurales en el sistema judicial en materia de paridad de género con el propósito de alcanzar la igualdad sustantiva. La reforma judicial logró elevar a rango constitucional la paridad de género, la igualdad, la impartición de justicia con enfoque de género, el combate a la violencia de género, el acoso y abuso sexual en el trabajo, promoviendo un perfil diferente de juzgadores y juzgadoras federales, innovando con reglas claras para avanzar hacia la paridad y la igualdad sustantiva.

La reforma judicial propone en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación una restructuración para institucionalizar la igualdad de género, mediante la decisión de convocar a concursos exclusivos para mujeres con el fin de promover en el cargo a juezas y magistradas; así como la democratización de la justicia de género implementando unidades especiales para investigar el acoso y abuso sexual laboral.

Un importante cambio estructural en la Ley Orgánica del Poder Judicial, se señala en el artículo 86 referente a las Atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal:



El Consejo de la Judicatura Federal incorporará la perspectiva de género, de forma transversal, progresiva, y equitativa en el desempeño de sus atribuciones, programas y acciones, con el objeto de garantizar a las mujeres y hombres, el ejercicio y goce de sus derechos humanos, en igualdad de condiciones y velará por que los órganos a su cargo así lo hagan”.

Así mismo, el artículo 165 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, propone que todos los órganos jurisdiccionales deberán integrarse en estricto apego al principio de paridad de género, así como el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y los Tribunales Laborales.

La Reforma Judicial por primera vez propone una carrera judicial paritaria, en la nueva Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación que establece en el artículo 23, las disposiciones comunes a los concursos de oposición, textualmente cita: “En la convocatoria, se deberá especificar si el concurso se trata de oposición abierto o interno, así como los criterios de desempate, entre ellos el de paridad de género”.

Ídem la Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial, provee reglas claras para los concursos de oposición, el artículo 26 establece: “El Consejo deberá establecer en la convocatoria respectiva, de manera clara y precisa, los parámetros para definir las más altas calificaciones y el mínimo aprobatorio para esta etapa dentro del concurso de oposición, así como los criterios de desempate, entre ellos el de paridad de género”. Esta formula permite que el poder judicial en un futuro próximo se divida para sus funciones de manera paritaria, y que hombres y mujeres accedan a puestos de cargos juridiciales en igualdad de oportunidades. Las medidas de paridad implementadas por la reforma judicial visibilizan el reconocimiento al trabajo de las mujeres en la esfera judicial y promueve el empoderamiento de las mujeres para que puedan ocupar espacios jurisdiccionales de toma de decisiones y cumplir con el objetivo de cerrar la brecha de género en el poder judicial.

El Poder Judicial ha promovido la igualdad de género desde la esfera local y nacional, en 2010 adopto el “Pacto para Introducir la Perspectiva de Género en los Órganos de Impartición de Justicia en México” de la...

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