Iniciativa de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla

Fecha de registro15 Junio 2023
Etapacomisión de medio ambiente, recursos naturales y cambio climático
Autor de la iniciativaJaime Natale Uranga
EstatusEn Trámite
SesiónTercer Periodo Ordinario (15 May. al 15 Jul.)
Partido PolíticoPVEM




Dip. Jaime Natale Uranga


CC. DIPUTADOS INTEGRANTES

DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LXI LEGISLATURA

DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO

LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA

P R E S E N T E.


El que suscribe, Diputado Jaime Natale Uranga, Representante Legislativo del Partido Verde Ecologista de México de la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II, 144 fracción II, 147, 148 y 149de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y de más relativos y aplicables, someto a consideración de este Cuerpo Colegiado la presente Iniciativa de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla; al tenor de los siguientes:


C O N S I D E R A N D O S


Que es un hecho científicamente comprobado que los animales que cuentan con ciertas características como sistema nervioso central, tienen la capacidad de sentir y son conscientes, esto implica que pueden darse cuenta de su entorno, de las sensaciones de su cuerpo (incluyendo el dolor, hambre, calor o frío) y de las emociones relacionadas con estas sensaciones (miedo, ansiedad, sufrimiento, placer), así lo estipula la Norma Oficial Mexicana NOM-033-SAG/ZOO-2014, Métodos para dar muerte a los animales domésticos y silvestres. Así pues, los animales que son mayormente explotados para el abasto, como las vacas, pollos, cerdos y gallinas, pueden son capaces de sentir el daño causado.


Que la ciencia del Bienestar Animal se ha dedicado a estudiar las necesidades de los animales y cómo su bienestar se puede medir de manera objetiva e individual. Algunos de los principios básicos en que se funda el bienestar animal y específicamente de aquellos en sistemas de producción, según la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) son:


  1. Que existe una relación crítica entre la sanidad de los animales y su bienestar.

  2. Que las «cinco libertades» mundialmente reconocidas (vivir libre de hambre, de sed y de desnutrición, libre de temor y de angustia, libre de molestias físicas y térmicas, libre de dolor, de lesión y de enfermedad, y libre de manifestar un comportamiento natural) son pautas que deben regir el bienestar de los animales.

  3. Que el empleo de animales conlleva la responsabilidad ética de velar por su bienestar en la mayor medida posible.

  4. Que mejorando las condiciones de vida de los animales en las explotaciones, se aumenta a menudo la productividad y se obtienen por consiguiente beneficios económicos.

  5. La selección genética siempre deberá tener en cuenta la sanidad y el bienestar de los animales.

  6. Los aspectos ambientales deberán permitir un descanso confortable, movimientos seguros y cómodos incluyendo cambios en las posturas normales, así como permitir que los animales muestren un comportamiento natural.

  7. Cuando no se puedan evitar procedimientos dolorosos, el dolor deberá manejarse en la medida en que los métodos disponibles lo permitan.

  8. El manejo de animales deberá promover una relación positiva entre los hombres y los animales y no causar heridas, pánico, miedo durable o estrés evitable.

  9. Los propietarios y operarios cuidadores deberán contar con habilidades y conocimientos suficientes para garantizar que los animales se traten de acuerdo con estos principios.


Que a pesar de que México es parte de la OMSA no ha incorporado sus estándares de bienestar en la cría de animales de abasto, o lo incorpora escasamente en actos administrativos de carácter general no vinculantes, por ejemplo los Manuales de Buenas Prácticas Pecuarias. De acuerdo a la sentencia del Amparo en Revisión 163/20181, emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es facultad residual de las entidades federativas regular la protección al bienestar animal, sin embargo en la mayoría de las leyes no se contemplan disposiciones específicas para los millones de animales en granja, por ello existe el compromiso de adicionar disposiciones en favor de ellos.


Que en el estado de Puebla se crían alrededor de 114 millones de animales para consumo humano, la mayoría son aves, ninguno de ellos cuenta con protección legal, a pesar de que la Ley de Protección y Bienestar Animal del Estado tiene por objeto el cuidado y protección de todas las especies, incluidas las consideradas para abasto o producción, por ello debería establecer disposiciones para cuidar y proteger a los animales, garantizar su bienestar, brindarles atención, buen trato, manutención, alojamiento, desarrollo natural, salud y evitarles el maltrato, la crueldad y el sufrimiento.


Que los animales criados para abasto pasan la mayor parte de sus vidas en granjas, sin embargo solo existen disposiciones de observancia obligatoria durante su transporte y matanza, dejándolos en especial estado de indefensión durante su estancia. Si bien existen Manuales de Buenas Prácticas Pecuarias, estos solo son obligatorios en granjas certificadas y no incluyen una amplia protección al bienestar.


Que la iniciativa que hoy se presenta, está apoyada en el amplio trabajo de investigación de la organización internacional Igualdad Animal y busca cubrir todos los aspectos necesarios para garantizar niveles de bienestar mínimos y medibles para los animales que se encuentran en granjas, por ejemplo, una de las cinco libertades es “vivir libre de hambre y sed”, para ello es indispensable disponer que todas las especies tengan fácil acceso a alimento adecuado y suficiente, así como a agua limpia, para evitar que pasen hambre o sed prolongadas que puedan provocar enfermedades o la muerte.


Que por otro lado, ya que los animales pasan toda su vida en los espacios controlados es necesario regular que el ambiente donde se críen sea adaptado de acuerdo a las necesidades de la especie e individuos, para asegurar que los animales se encuentren libres de molestias físicas y térmicas, libres de dolor, de lesión y de enfermedad y libres de manifestar un comportamiento propio de su especie.


Que es necesario adecuar las instalaciones en que se alojan a los animales para evitar que se lesionen, por ejemplo, evitar que las jaulas tengan alambres sueltos donde las aves puedan herirse o quedar atrapadas o que el suelo del alojamiento de cerdos tenga aberturas donde se puedan quedar atrapadas sus patas y provocarles lesiones. También se debe asegurar que los espacios se encuentren drenados, secos, cómodos e higiénicos para evitar que los animales se enfermen o lesionen, por ejemplo, que las aves sufran quemaduras por los niveles de amoniaco, “debido a que gran parte de las emisiones de amoníaco en el galpón proviene de la descomposición microbiana de urea y ácido úrico en la cama”2.


Que para manifestar comportamientos propios de su especie, se deben conocer las características generales de los animales para promover la satisfacción de algunas de sus preferencias, a través de enriquecimiento, el cual dependerá de la especie y el tipo de alojamiento, por ejemplo, a las gallinas les gusta subir a perchas y tener material que picotear. de acuerdo a un estudio3, “la estimulación sensorial en forma de señales auditivas, olfativas y visuales, tiene cierto potencial como método de enriquecimiento ambiental para los animales en cautividad. Muchos de los estudios realizados han demostrado que la estimulación sensorial provoca cambios en el funcionamiento biológico de los animales que sugieren un mayor bienestar físico y/o psicológico y, en este sentido podría considerarse que la estimulación sensorial cumple muchos de los objetivos sugeridos de enriquecimiento ambiental” (traducción propia).


Que de acuerdo a un estudio4, “la estimulación sensorial en forma de señales auditivas, olfativas y visuales, tiene cierto potencial como método de enriquecimiento ambiental para los animales en cautividad. Muchos de los estudios realizados han demostrado que la estimulación sensorial provoca cambios en el funcionamiento biológico de los animales que sugieren un mayor bienestar físico y/o psicológico, y en este sentido podría considerarse que la estimulación sensorial cumple muchos de los objetivos sugeridos de enriquecimiento ambiental” (traducción propia).


Que es importante asegurar que los animales reciban suficientes horas de luz y oscuridad, de acuerdo a la especie, para no solo facilitar su inspección sino promover ciertas conductas deseadas, como el uso del enriquecimiento, además de reducir sus niveles de estrés y poder aumentar su actividad física.


Que un aspecto importante es el mejoramiento genético a través de la selección animal tenga en cuenta la sanidad y el bienestar para no promover características que pueden crear graves problemas de bienestar como en el caso del pollo que desarrolla de manera acelerada el músculo del pecho, lo cual representa problemas de movilidad, deformidades en las piernas lesiones en la piel, altas tasas de mortalidad, entre otros5,6, sino que se promueva la elección de animales que tengan rasgos favorables como los bovinos que no desarrollan cuernos, a fin de evitar el procedimiento de descorne, el cual es doloroso para el animal.


Que así como el descorne, existen procedimientos o prácticas comunes durante la cría que son especialmente dolorosas para los animales, ya sea por razones de productividad, sanidad, seguridad humana o bienestar animal, como el recorte de dientes y cola de cerdos para evitar lesiones graves, derivadas del estrés que...

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