Iniciativa de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley que Establece los Procedimientos de Entrega-Recepción en los Poderes Públicos, Ayuntamientos, Órganos Constitucionalmente Autónomos y Públicos Paraestatales de la Administración Pública del Estado de Puebla
Fecha de registro | 15 Julio 2022 |
Etapa | comisión de control, vigilancia y evaluación de la auditoría superior del estado |
Autor de la iniciativa | eduardo alcántara montiel |
Estatus | En Trámite |
Sesión | Primer Periodo Ordinario (15 Sep. al 15 Dic) |
Partido Político | PAN |
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA
D I V E R S O S A R T Í C U L O S D E L A LEY Q U E E ST A B L E C E L OS
PROCEDI MI ENTOS D E ENTRE GA-REC EPCIÓN EN L OS PODE RE S
PÚBLICOS, AYUNTAMIENTOS, ÓRGANOS CONSTIT UCI ONALMENTE
AUTÓNOMOS Y PÚBLICOS PARAESTATALES DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA DEL ESTADO DE PUEBLA; EN MATERIA DE TRANSICIÓN DE LOS
AYUNTAMIENTOS.
CC. DIPUTADAS Y DIPUTADOS
INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA
LXI LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
P R E S E N T E S
Eduardo Alcántara Montiel, Diputado Local integrante de la LXI Legislatura del
Honorable Congreso del Estado de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por el
y Soberano de Puebla; 44 fracción II, 144 fracción II de la Ley Orgánica del Poder
Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 fracción VI del
Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de
Puebla, someto a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado la siguiente
Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adicionan las Fracciones XV,
XVI, XVII, XVIII, XIX y XX al Artículo 2; reforma el Artículo 5; adiciona un
Artículo 6 Bis al Capítulo Primero, Titulo Segundo; reforma el Capítulo
Cuarto; adiciona un Artículo 16 Bis y 16 Ter al Capítulo Cuarto; reforma los
Artículos 18, 19,20,23; adiciona un Título Quinto Capítulo Único y sus
artículos 27 y 28; de la Ley que establece los Procedimientos de Entrega-
Recepción en los Poderes Públicos, Ayuntamientos, Órganos
Constitucionalmente Autónomos y Públicos Paraestatales de la
Administración Pública del estado de Puebla; en materia de transición de los
Ayuntamientos.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
A manera de dilucidar de mejor forma la cuestión planteada, es dable distinguir
transición, de entrega – recepción, la primera es una etapa preparatoria, y el
segundo es un acto administrativo formal y solemne que confiere obligaciones a
los involucrados. En conjunto, una y otro generan responsabilidades a posteriori.
Es decir, las transiciones de gobierno son actos preparatorios en un periodo
de tiempo determinado, desarrollados en vísperas del término e inicio de un
ejercicio constitucional, entre la administración saliente para establecer la
coordinación necesaria con la administración entrante – electa – con el propósito
de materializar y ordenar el acto administrativo denominado por la ley como
entrega – recepción.
Se debe a que para fincar las bases del inicio de cualquier gobierno es
menester conocer de primera mano el estado que guardan los recursos
económicos, materiales y humanos de la administración saliente. Por eso, se ha
vuelto necesario dosificar la información relevante en una etapa preparatoria de la
entrega – recepción.
Los servidores públicos entrantes juegan un papel fundamental en el
proceso de entrega-recepción, ya que les corresponde constatar que, en efecto, lo
que se reporta como entrega (recursos disponibles, pasivos y mobiliario) existe y
se encuentra en las condiciones que se describen. En ese sentido, cobra
relevancia el proceso de verificación al que siguen sujetos los servidores públicos
que salen; pero también la transición, ya que permite establecer parámetros de
referencia para la entrega – recepción.
Además, debemos reconocer que la administración pública se ha
burocratizado a niveles insospechados, y los municipios - sobre todo los
metropolitanos - guardan dinámicas políticas que hacen necesaria la colaboración
institucional entre los que se van y los que llegan.
En consecuencia: la entrega – recepción es el acto final de la transición, y
también la etapa conclusiva de un periodo de gobierno que da pauta al inicio de
otro constitucionalmente electo. Son actos distintos, pero concatenados.
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