Iniciativa De decreto por el que se expide el Código Federal de Procedimientos Penales, la Ley Federal de Ejecución de Sanciones Penales, la Ley General de Justicia Penal para Adolescentes, la Ley de la Fiscalía General de la Federación, la Ley Orgánica de la Policía Federal, y la Ley de Seguridad Pública, reglamentaria de los párrafos séptimo y octavo del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y se reforman, adicionan y derogan diversos artículos de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de Defensoría Pública, de la Ley Reglamentaria del artículo 5 constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal, del Código Penal Federal, de la Ley de Amparo reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo

Fecha de registro01 Abril 2004
Fecha de publicación01 Abril 2004
EmisorCámara de Senadores
EstatusPUBLICADO EN D.O.F., Aprobado, 16/06/2005
LegislaturaLIX
Sesión2o Ordinario
Autor de la iniciativaEjecutivo Federal
DE DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, LA
LEY FEDERAL DE EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES, LA LEY GENERAL DE JUSTICIA PENAL
PARA ADOLESCENTES, LA LEY DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA FEDERACIÓN, LA LEY
ORGÁNICA DE LA POLICÍA FEDERAL, Y LA LEY DE SEGURIDAD PÚBLICA, REGLAMENTARIA DE
LOS PÁRRAFOS SÉPTIMO Y OCTAVO DEL ARTÍCULO 21 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, Y SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSOS
ARTÍCULOS DE LA LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA, DE LA LEY
ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER
JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, DE LA LEY FEDERAL DE DEFENSORÍA PÚBLICA, DE LA LEY
REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 5 CONSTITUCIONAL, RELATIVO AL EJERCICIO DE LAS
PROFESIONES EN EL DISTRITO FEDERAL, DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, DE LA LEY DE AMPARO
REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y DE LA LEY REGLAMENTARIA DE LAS FRACCIONES I Y II DEL
ARTÍCULO 105 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLlCA
CIUDADANO PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA
UNIÓN.
PRESENTE.
La renovación de los sistemas de procuración y administración de justicia son temas esenciales para la
preservación del Estado de Derecho, y para crear un ambiente de certidumbre que propicie el desarrollo nacional y
las relaciones armónicas entre los gobernados.
Ello implica llevar a cabo una profunda revisión de nuestros sistemas en dichas materias, a efecto de dar respuesta
rápida y eficiente a los reclamos sociales de lograr una justicia pronta y expedita, en un marco de respeto irrestricto
a los derechos humanos tanto de aquellas personas a las que se les imputa un delito, como de las víctimas u
ofendidos de los mismos, estos últimos, sujetos procesales lamentablemente dejados en el olvido.
La inseguridad pública es, hoy en día, una de las preocupaciones esenciales de la sociedad. De conformidad con los
diagnósticos en materia de seguridad pública y procuración de justicia contenidos en el Plan Nacional de
Desarrollo 2001-2006, el incremento de la incidencia delictiva sufrido en el año 2000 y anteriores, deviene de muy
diversos factores, los cuales pueden agruparse en aspectos básicos como la constante y compleja actuación de la
delincuencia organizada y la ausencia de mecanismos eficaces por parte de las instituciones de procuración de
justicia.
A este respecto, el Programa Nacional de Procuración de Justicia 2001-2006, alude a las dimensiones y
repercusiones mundiales de las operaciones de la delincuencia organizada y a la conciencia que los gobiernos han
tomado, en virtud de que este tipo de criminalidad afecta la seguridad pública y nacional de los Estados, en donde
los sistemas de justicia penal han sido rebasados en la adaptación de sus instituciones jurídicas por las nuevas
prácticas delictivas de organizaciones criminales.
Aunado a lo anterior, conforme a lo establecido en el Programa Nacional para el Control de Drogas 2001-2006,
México es un país de consumo de drogas en aumento, luego de ser un país de paso, donde las organizaciones
delictivas dirigen sus acciones hacia la formación de mercados locales, ubicando la principal demanda en los
estados fronterizos con Estados Unidos de América; en los centros turísticos, el Distrito Federal y su Zona
Metropolitana, así como en las entidades de la frontera sur; por lo que no deja de ser una verdadera amenaza a las
instituciones y a la seguridad nacional, la delincuencia organizada y el tráfico ilícito de drogas.
En este contexto, la inseguridad pública ha generado un clima de incertidumbre y desconfianza entre la población.
Este clima, es una de las principales causas de descomposición de la relación entre la población y las instituciones
públicas, así como de la convivencia social.
Es claro que aunque las cifras sobre la incidencia delictiva federal muestran una tendencia a la baja, existe la
percepción ciudadana de incremento de la delincuencia, tanto federal como del orden común, en todo el país. En
cierto modo, este fenómeno se explica por la llamada "cifra negra"; es decir, por el número de delitos que
efectivamente son cometidos, pero que no son denunciados ante las autoridades competentes y, por lo tanto,
quedan fuera de los registros oficiales.
Una de las razones de la falta de presentación de denuncias por parte de la ciudadanía, deriva de la ancestral
desconfianza hacia las instituciones de procuración e impartición de justicia. En múltiples casos, quien resulta
agraviado por la comisión de un delito prefiere resentir en su persona o patrimonio los efectos de la conducta
ilícita, sobre todo tratándose de delitos patrimoniales de cuantía relativamente menor, antes de verse envuelto en
complicados procedimientos penales o de enfrentar posibles represalias por parte de la delincuencia.
Por lo anterior, en el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, el Ejecutivo Federal a mi cargo asumió como
objetivos rectores garantizar la seguridad pública y la tranquilidad ciudadana, así como lograr una procuración de
justicia pronta, expedita, apegada a Derecho y con respeto a los derechos humanos.
Estos objetivos sólo podrán cumplirse con la participación decidida y con la firme voluntad tanto de las
instituciones del Estado como de la sociedad en general. Es por ello que en el Acuerdo Político para el Desarrollo
Nacional celebrado en octubre de 2001 por el Ejecutivo Federal a mi cargo y las principales fuerzas políticas del
país, se incorporó un punto relativo a la promoción de una política integral de seguridad pública, que comprenda la
revisión del marco normativo de la prevención del delito, los delitos y las penas, la reparación del daño, la
procuración e impartición de justicia, el sistema penitenciario y la readaptación social.
La previsión de los temas de seguridad pública y administración de justicia, en este amplio Acuerdo Político para
el Desarrollo Nacional, refleja la gran preocupación de la sociedad, manifestada a través de los representantes
populares, por la persistencia de la delincuencia y la violencia que le está asociada.
Por lo mismo, el Ejecutivo Federal a mi cargo convocó a una Cruzada Nacional contra la Delincuencia, con la
participación de las dependencias y entidades del Gobierno de la República, de los gobiernos del Distrito Federal y
de los Estados integrantes de la Federación, de los Municipios, así como de organizaciones e instituciones privadas
y de la sociedad en general.
En este sentido, se torna indispensable no sólo la efectiva aplicación del orden jurídico en materia de justicia penal
federal, sino su impostergable revisión integral, a fin de perfeccionarlo y actualizarlo, para que su contenido y los
instrumentos de defensa social de que disponen las autoridades encargadas de su ejecución, respondan a las
demandas de seguridad pública, así como de procuración e impartición de justicia.
El Estado de Derecho no puede subsistir si las leyes quedan rezagadas frente a las exigencias de la sociedad, sobre
todo, inmersa en un profundo proceso de cambio político, económico y social.
Estamos ciertos, que cuando no se actualiza el orden jurídico al que están sujetas las autoridades encargadas de la
investigación de los delitos y persecución de los imputados, y se mantienen los supuestos normativos del pasado,
se convierte en un impedimento que favorece el ensanchamiento de la brecha entre una criminalidad que avanza
sin ataduras, y un aparato de persecución que se mueve pesadamente con normas superadas por la realidad.
Son conocidos los pronunciamientos de las diferentes Oficinas de la Organización de las Naciones Unidas,
emitidos en diversos diagnósticos sobre el estado que guarda el sistema de justicia penal en nuestro país, mismos
que fueron solicitados por el Ejecutivo Federal a mi cargo, a dicho organismo internacional.
A manera de ejemplo, basta citar el de la Oficina del Alto Comisionado de la Naciones Unidas para los Derechos
Humanos en México, que en su informe intitulado "Diagnóstico sobre la situación de los Derechos Humanos en
México", refirió, entre otras cosas, que "la ausencia de un debido proceso en México impide que la sociedad tenga
la certeza de que quienes cumplen son responsables de la comisión de un delito", aunado a que la "subsistencia de
un sistema inquisitorial, en el cual el Ministerio Público tiene excesivas facultades para apreciar el valor de las
pruebas recabadas, tomar declaraciones al inculpado, y la limitación para una adecuada defensa por parte del
indiciado, permite que en la práctica, los casos que llegan a ser del conocimiento de un juez tengan una fuerte carga
procesal en contra del acusado, en virtud de que los expedientes llegan ante el juez correspondiente ya integrados".
En dicho informe, también se expresó la necesidad de que el Estado Mexicano adecúe el sistema procesal a un
modelo acusatorio, en el que el imputado, el Ministerio Público de la Federación y la víctima u ofendido del delito
gocen de plena equidad procesal, de tal suerte que sea el juez quien resuelva el asunto sobre la base de los
elementos probatorios aportados por las partes, en el marco de los principios de oralidad, publicidad, concentración
y contradicción.
Por su parte, el informe del Relator de las Naciones Unidas sobre la independencia de los magistrados y jueces
señala, en su parte conducente, que "el ordenamiento jurídico de México sigue el modelo del derecho civil español.
Las actuaciones judiciales suelen ser escritas y no abundan las audiencias orales. Cuando se somete al Juzgador
una causa para su tramitación, la Procuraduría le aporta las pruebas obtenidas en la instrucción, sin que éste tenga
que escuchar a los testigos y no se recogen nuevas pruebas si las partes no lo solicitan, lo que significa que procesa
al acusado fundándose en las actuaciones practicadas por el Ministerio Público".
Estas observaciones no son exclusivas respecto de los procesos penales, ya que las mismas se extienden, por
ejemplo, a la estructura actual del Ministerio Público de la Federación, aduciendo que la necesidad "de la
independencia y autonomía del Ministerio Público han sido reconocidas por los organismos de derechos humanos
y por los miembros de la academia, como una condición indispensable para el adecuado funcionamiento del
sistema de justicia penal, así como una forma de evitar la incorporación de criterios políticos en decisiones que
deben regirse exclusivamente por razones de justicia".
En este rubro, es oportuno advertir que el Informe de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para
los Derechos Humanos, refirió "que el conferirle autonomía al Ministerio Público sin que se adopte un sistema
procesal de corte acusatorio podría resultar contraproducente, ya que se constituiría un órgano con poder excesivo,
y sólo el sistema acusatorio impone controles adecuados sobre la actividad del Ministerio Público".
Asimismo, la regulación de carácter tutelar respecto del tratamiento de menores infractores, también ha sido
observada en el Informe en comento, a razón de "la categoría de menor sujeto de tutela pública, es la suposición de
que existe una relación necesaria entre condiciones de vulnerabilidad y conducta antisocial, lo que sirve de pretexto
para no reconocerles a estos niños y niñas su calidad de sujetos de todos los derechos proclamados en la
Declaración Universal de Derechos Humanos y para proponer como solución a dicho problema, la aplicación de
sanciones y la sujeción a la tutela pública de las y los niños que se encuentran en condiciones de vulnerabilidad".
Un esbozo más del referido Informe, es el problema de la gran cantidad de abogados que trabajan sin sujetarse a
principios éticos profesionales e incluso, que desarrollan actividades delictivas en contra de los intereses de sus
propios clientes, sugiriendo al efecto el establecimiento de normas jurídicas que establezcan criterios uniformes de
calificación profesional.
El panorama descrito respecto de los sistemas de seguridad pública, así como de administración de justicia, tanto
desde la perspectiva nacional como internacional, constituye un gran reto a superar, consistente en fortalecer el
Estado de Derecho, abatir la corrupción, detener la impunidad y reducir los índices delictivos.
Esto implica, necesariamente no postergar más el tema e incluirlo en la Agenda Nacional, como un punto
prioritario, por ello el Ejecutivo Federal a mi cargo somete a la consideración de esta soberanía una Iniciativa
denominada Reforma Estructural al Sistema de Justicia Penal Mexicano, la cual pretende dar respuesta a las
aspiraciones de justicia real y efectiva en México, mediante el replanteamiento de los esquemas y estructuras bajo
las cuales operan las instituciones encargadas de la seguridad pública y de la justicia, basado en la implantación de
un sistema de justicia penal de corte acusatorio, que pueda ser aplicable a todos los gobernados; en la creación de

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR