Iniciativa del Congreso del Estado de Nuevo León, Exp. 12982/LXXV. Iniciatva de ley de proteccion y fomento apicola del estado de nuevo leon.

Número de IniciativaExp. 12982/LXXV
Fecha de presentación28 Octubre 2019
ComisiónComision de Fomento al Campo y Desarrollo Rural
Autor de la iniciativaDIP. LUIS ALBERTO SUSARREY FLORES,DIP. EDUARDO LEAL BUENFIL,DIP. LETICIA MARLENE BENVENUTTI VILLARREAL,DIP. HORACIO JONATÁN TIJERINA HERNÁNDEZ,DIP. SAMUEL VILLA VELÁZQUEZ,DIP. CARLOS ALBERTO DE LA FUENTE FLORES,DIP. LIDIA MARGARITA ESTRADA FLORES,DIP. ROSA ISELA CASTRO FLORES,DIP. MERCEDES CATALINA GARCÍA MANCILLAS,DIP. LUIS DONALDO COLOSIO RIOJA,DIP. JESÚS ÁNGEL NAVA RIVERA,DIP. JUAN CARLOS RUIZ GARCÍA,DIP. ITZEL SOLEDAD CASTILLO ALMANZA,DIP. CLAUDIA GABRIELA CABALLERO CHÁVEZ,DIP. FÉLIX ROCHA ESQUIVEL,DIP. ARTURO BONIFACIO DE LA GARZA GARZA,DIP. MYRNA ISELA GRIMALDO IRACHETA,DIP. NANCY ARACELY OLGUÍN DÍAZ
LegislaturaLXXV Legislatura
Tipo de proyectoIniciativas Suscritas por Diputado LXXV Legislatura
EstatusResuelto
Año:20]9 Expedie n I e: 1 29 82lIXXV
PR9MqY".EUTF: DIP. SAMUEL VII.L.A VL.tÁ.¿QL.II:;1 E INTEGRANTES DEL GRUPo
LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCION I'I¿iCiL)f{At-. SUSCRIBIENDoSE LoS
DIPUTADOS LUIS DONALDO COLOSIO RlO.l/rS;, A,lil URO UONIFACIO DE LA GARZA
GARZA, HORACIO JONATAN TIJERINA HERI.J¿rrNDIi,i
A§-UUI-Q- RE-LAC¡ONAQQ: lNlclA'fvA DE L [:'r t)E pRorECCtoN y FoMENTo
APICOLA DEL ESTADO DE NUEVO LEON
INIC¡ADO EN SESIÓt¡: Za de octubre dr.:l Zü"11)
SE TURNÓ A LA (S) COMISION (E§;}: I,)I.)IVIISION DE FOMENTO AL
CAMPO, DESARROLLO RURAL y Et{[iFtG,i,i:r
C.P. Pablo Rodríg1ue¡,i* ü,havarrÍa
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H. CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEON
LXXV Legisloturo
GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCION NACIONAL
DIP. JUAN CARLOS RUIZ GARCÍA
PRESIDENTE DEL CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEON
PRESENTE..
Los suscr¡tos, ciudadanos Diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido Acción
Nacional de la LXXV Legislatura del H. Congreso del Estado de Nuevo León, con fundamento en
lo dispuesto en los artículos 68 y 69 de la Constitución Política del Estado de Nuevo León y en
los artículos 102 y 103 del Reglamento para el Gobierno lnterior del Congreso del Estado de
Nuevo León, nos permitimos proponer la presente lniciativa de Ley de Protección y Fomento
Apícola del Estado de Nuevo León. Ello al tenor de la siguiente:
EXPOSICION DE MOTIVOS
mediante su publicación en el Periódico Oficial del Estado de fecha 7 de diciembre de 2007,|a
cual sólo se modificó una vez mediante el decreto publicado el 14 de noviembre de 2008, para
derogar el artículo 18. De ahí a la fecha no se ha reformado dicho cuerpo normativo.
Razón por la cual, mediante la presente iniciativa se plantea una reforma integral a la misma.
Lo que da como resultado que por el gran número de reformas que se proponen, se estima
más adecuado expedir una nueva ley.
En efecto, se sugiere enriquecer el catálogo de definiciones para una mejor comprensión del
conjunto de normas que contiene.
También se propone ampliar los alcances regulatorios de la ley mediante la reforma a su
artículo 3.
lniciativa de nueva Ley de Protección y Fomento Apícola del Estado
H. CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEON
LXXV Legisloturo
GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCION NACIONAL
Se actualiza la denominación tanto de la dependencia estatal encargada de su aplicación como
de la Secretaría del Gobierno Federal en la materia.
Se amplían las atribuciones de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario en materia apícola
para un mayor alcance de la ley.
En ese contexto, se amplían también las facultades de las organizaciones de apicultores para
que las mismas sean gestoras más eficaces del desarrollo en materia apícola.
También se estipula que el Gobierno del Estado coordinadamente con la SADER, el Consejo
Apícola de Nuevo León, las lnstituciones de investigación y de educación en el Estado, los
técnicos especializados en materia apícola, y la sociedad civil en general interesada en la
actividad apícola, con el propósito de proteger la especie y la actividad, promoverán y
fomentarán el estudio de la reproducción y nutrición, así como el intercambio tecnológico de
las técnicas de producción de miel y mejoramiento genético de diferentes especies de abejas.
A la vez, se establece que coordinadamente la Secretaría de Desarrollo Agropecuario y la
SADER, el Consejo Apícola de Nuevo León y los productores apícolas, organizarán
anualmente el Congreso Estatal de Apicultura que contribuya a mejorar la técnica de
producción, protección, conservación, mejoramiento genético, comercialización y sanidad en
materia apícola en el Estado
Se estipula también, que todas las dependencias del subsector pecuario coordinadas por la
Secretaría de Desarrollo Agropecuario están obligadas a colaborar con los propietarios de
colmenas para orientar y capacitar en todo lo referente a la apicultura a quienes se dedican
y deseen dedicarse a esta actividad, preferentemente en lo relacionado con la sanidad.
lniciativa de nueva Ley de Protección y Fomento Apícola del Estado
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