Iniciativa del Estado de Colima. (relativa a la reforma de los artículos 95. 96, 97 fracción IV y 98 fracción V de la Ley de Hacienda del Municipio de Manzanillo.- Se turnó el 21 de julio de 2015.-)
Fecha | 21 Julio 2015 |
Año | 2015 |
Estatus | closed |
Autor de la iniciativa | Iniciativa presentada por la Diputada Gabriela Benavides Cobos, integrante del grupo parlamentario del PAN, |
Emisor | Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos |
PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA
DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE COLIMA
P R E S E N T E.-
GABRIELA BENAVIDES COBOS, Diputada local por el XII Distrito del municipio
de Manzanillo, perteneciente a la fracción del Partido Acción Nacional en esta
soberanía, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 33 fracción II de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, los artículos 22
fracción I, 83 fracción I, 84 fracción I, 85, 86 y demás relativos de la Ley Orgánica
del Poder Legislativo en correlación con los numerales 122, 123, 124 y demás
relativos del reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, comparezco
ante el pleno de esta cámara, con el fin de someter a su consideración la
aprobación de la Iniciativa de Reforma a los artículos 95, 96, 97 fracción IV y 98
fracción V de La Ley de Hacienda del Municipio de Manzanillo, basándonos en las
siguientes consideraciones de Hechos y Derecho:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
PRIMERO.- Con fecha 16 de Mayo del año en curso los integrantes de esta
prácticamente los diez Municipios de la Entidad, la cual es que las personas
propietarias de lotes baldíos y construcciones deshabitadas muchas de las veces
no tienen el cuidado de proporcionarles el mantenimiento necesario a fin de que
permanezcan limpios de maleza, residuos de construcción, y hasta cacharros; Lo
anterior ha generado un problema de salud pública, mala imagen urbana y hasta
de seguridad pública en los municipios. En esta reforma se estableció una
obligación de los habitantes de los Municipios del Estado o vecinos, de conservar
las construcciones deshabitadas y los predios baldíos limpios de residuos de
construcción, maleza y residuos sólidos; y por el otro que quien incumpla con la
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