Iniciativa del Estado de Colima. (que reforma la fracción I, del primer párrafo del artículo Segundo Transitorio, del Decreto número 372, aprobado con fecha 26 de agosto y publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Colima” el 30 del mismo mes del presente año y seis normativas más para la Implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal Adversarial.- NOTA: APROBADO EN SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA CELEBRADA EL 18 DE NOVIEMBRE DE 2014, CON DISPENSA DE TODOS LOS TRÁMITES REGLAMENTARIOS.)

Fecha18 Noviembre 2014
Año2010
Estatusclosed
Autor de la iniciativaIniciativa enviada por el Ejecutivo Estatal
EmisorSistema Estatal Anticorrupción
1
CC. DIPUTADOS SECRETARIOS DEL
H. CONGRESO DEL ESTADO
PRESENTES
Mario Anguiano Moreno, Gobernador Constitucional del Estado Libre y
Soberano de Colima, con fundamento en los artículos 37, fracción II, y 58, fracción
XVI, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima y con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 2o, 12o y 20o fracción IV de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado de Colima, así como en los artículos
1,2,4, 5 del Acuerdo para la Implementación de la Reforma del Sistema de Justicia
Penal en Colima, publicado en fecha 12 de Junio del año 2010 y en mi carácter de
Presidente de la Comisión Implementadora, tengo a bien enviar a esa H. Legislatura y
someter a su elevada consideración, la solicitud a fin de que esa Soberanía se sirva
aprobar la presente iniciativa, tendiente a reformar los siguientes ordenamientos
legales:
1. Declaratoria de Incorporación del Sistema Procesal Penal Acusatorio en el Estado
de Colima, y de Entrada en Vigor del Código Nacional de Procedimientos Penales
en su Orden Jurídico Interno;
2. Código Penal para el Estado de Colima;
3. Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Colima;
4. Ley para Prevenir y Sancionar la Tortura y Otros Tratos Crueles, Inhumanos o
Degradantes;
5. Ley para la Protección a Testigos y Sujetos Intervinientes en el Procedimiento
Penal;
6. Ley del Sistema de Seguridad Pública para el Estado de Colima; y
7. Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Colima
Las citadas disposiciones establecen la entrada en vigor del Nuevo Sistema de
Justicia Penal Acusatorio, a partir del 19 de Noviembre del año 2014 en los
municipios de Colima y Villa de Álvarez, correspondientes al primer partido judicial, en
los términos y condiciones de la presente solicitud, de acuerdo a la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
PRIMERO.- Con fecha 18 de junio de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la
Federación el Decreto por el que se reformaron los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21 y
22; las fracciones XXI y XXIII del artículo 73; la fracción VII del artículo 115 y la
fracción XII del apartado B del artículo 123, todos de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, misma que contiene la denominada Reforma
Constitucional de Seguridad y Justicia Penal, que entre otros aspectos, establece en
el país el sistema acusatorio para la investigación y el enjuiciamiento penal, e
instituye un nuevo sistema nacional de seguridad pública.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR