Acuerdo mediante el cual se modifica la parte inicial, así como los artículos primero, segundo y tercero, bases I, II y III de la autorización otorgada a Reaseguros Alianza, S.A., en virtud de su conversión en filial

Fecha de disposición12 Marzo 1999
Fecha de publicación12 Marzo 1999
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO mediante el cual se modifica la parte inicial, así como los artículos primero, segundo y tercero, bases I, II y III de la autorización otorgada a Reaseguros Alianza, S.A., en virtud de su conversión en filial.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Dirección General de Seguros y Valores.- Dirección de Seguros y Fianzas.- Subdirección de Seguros.- Departamento de Autorizaciones y Operación de Seguros.- 366-IV-6345.- 731.1/31890.

INSTITUCIONES DE SEGUROS FILIALES DE INSTITUCIONES FINANCIERAS DEL EXTERIOR.- Se modifica la autorización otorgada a esa sociedad en virtud de su conversión en filial.

Reaseguros Alianza, S.A.

Av. Constituyentes 956

Col. Lomas Altas, C.P. 11950

Ciudad.

En virtud de que esta Secretaría, mediante oficio 366-IV-6344 de esta misma fecha, otorgó aprobación a las reformas acordadas a sus estatutos sociales, entre las que destaca la conversión de esa institución de seguros en filial de Swiss Reinsurance Company, de Suiza, contenidas en el testimonio de la escritura número 63,712 del 5 de noviembre último, otorgada ante la fe del licenciado Armando Gálvez Pérez Aragón, Notario Público número 103 con ejercicio en el Distrito Federal, esta propia Secretaría con fundamento en lo dispuesto por los artículos 33-C y 33-I de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y considerando lo previsto por el artículo 6o. fracción XXII de su Reglamento Interior, ha resuelto dictar el siguiente:

ACUERDO

Se modifica la parte inicial, así como los artículos primero, segundo y tercero, bases I, II y III, manteniéndose sin cambio el artículo cuarto de la autorización otorgada en oficio 102-E-366-DGSV-I-B-a-4854 del 14 de noviembre de 1990, modificada mediante diversos 102-E-366-DGSV-I-B-a-2815 del 27 de junio de 1991, 102-E-366-DGSV-I-B-a-2721 del 26 de julio de 1994, 366-IV-4082 del 27 de noviembre de 1995 y 366-IV-7014 del 28 de noviembre de 1997, que faculta a Reaseguros Alianza, S.A., para practicar el reaseguro de personas, en las operaciones de vida, así como de accidentes y enfermedades en los ramos de accidentes personales, gastos médicos y salud; de bienes y responsabilidades en la operación de daños, en los ramos de responsabilidad civil y riesgos profesionales, marítimo y transportes...

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