¿Inicia un negocio?...no olvide al SAT

AutorGonzalo Soto

Ya tiene el local, el financiamiento y el plan de trabajo, pero ¿ya pensó en el fisco?

Si está por emprender una nuevo negocio no se olvide que debe tomar en cuenta al Servicio de Administración Tributaria (SAT) como parte fundamental de su operación, de lo contrario, podría enfrentarse a serios dolores de cabeza y golpes en el bolsillo.

Una de las primeras cosas que debe hacer es darse de alta ante el fisco para obtener su Registro Federal de Contribuyente (RFC), con el que realizará todos los trámites y procesos necesarios ante la autoridad.

Con su registro en la mano, lo siguiente es identificar el régimen fiscal que le conviene o simplemente, al cual está obligado a ingresar para cumplir con el SAT.

Dependiendo del tamaño de su negocio, ingresos y hasta la actividad que realizará, el régimen en cual pagará impuestos al fisco será distinto y con obligaciones diversas.

Uno de los más anunciados por la autoridad, y buscado por los contribuyentes, es el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), que entró en vigor con la reforma tributaria en 2014.

Los contribuyentes del RIF son aquellos que tienen ingresos inferiores a 2 millones de pesos año y no necesitan de un título profesional para realizar sus actividades.

Es decir, ingenieros, médicos, contadores y demás profesionistas que si lo requieren están descartados para ese régimen.

Si no es su caso, puede continuar el proceso y para ello necesitará del RFC y la Clave Única de Registro de Población (CURP).

Según el SAT, hay tres formas de darse de alta en el RIF.

La primera es acudiendo directamente a una de las oficinas del fisco, módulos del programa Crezcamos Juntos u oficinas autorizadas en las entidades federativas, en donde realizarán la inscripción por usted.

Otra forma de registrarse es a través de Internet, en el portal www.gob.mx/crezcamosjuntos, donde llenará un formulario y un cuestionario sobre la actividad que realizará.

Una tercera forma de inscripción es vía telefónica en el número 0155 627 22 728, en donde le realizarán preguntas para conocer su actividad y le darán de alta.

En caso de no cumplir con los requisitos para ser un contribuyente RIF, tendrá la opción de tributar en el régimen de actividad empresarial, ingresos por arrendamientos o en el de persona...

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