Informativas de donatarias
Autor | Antonio Luna Guerra |
Páginas | 77-84 |
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Se establece como obligación para las donatarias autorizadas, el informar sobre el remanente distribuible generado en el ejercicio e informarlo a más tardar el día 15 de febrero del ejercicio siguiente al que corresponda la determinación, con base en el artículo 86 fracción III de la LISR.
Esta información se presenta en el DEM en el formato número 21, considerando la siguiente información:
Datos de identificación
CONCEPTO | DATOS |
RFC | Se anotará el RFC de la donataria auto-rizada |
Denominación o razón social | Se anotará la denominación o razón social correspondiente a la donataria auto-rizada. |
RFC del representante legal | Se anotará el RFC que corresponda al representante legal de la donataria autorizada |
CURP del representante legal | Se anotará la CURP que corresponda al representante legal de la donataria autorizada |
Nombre del representante legal | Se anotará el nombre completo del representante legal iniciando por los apellidos |
Ejercicio que se declara | Se anotará el ejercicio que se declara, considerando que en 2015 se declara el ejercicio 2014 |
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Si se trata del ejercicio de liquidación | Se anotará si se trata de un ejercicio de liquidación considerando que el mismo puede durar por varios años calendario |
Tipo de declaración (normal o complementaria) | Se anotará si se trata de la declaración normal o en su caso si se trata de una declaración complementaria señalando si es la primera o posterior |
En caso de ser declaración complementaria fecha de la declaración anterior | La fecha de la declaración anterior, considerando que si es la declaración normal no se anotará nada y si es la primera complementaria se anotará la fecha de la declaración normal y si es segunda complementaria la fecha de la primera complementaria |
Participación de los trabajadores en las utilidades
CONCEPTO DATOS
PTU del ejercicio que se declara | En su caso si existiese PTU, recordemos que la LFT indica que las entidades altruistas están excluidas del pago de la PTU |
PTU del ejercicio anterior | Aplica del punto anterior, considerando que si se paga se tendrá que dar la PTU la cual los derechos prescriben a un año |
Ingresos obtenidos
CONCEPTO | DATOS |
En efectivo | Se anotará el monto que corresponda a los donativos obtenidos en efectivo, es decir, mediante depósito en efectivo, traspaso, transferencia electrónica o en su caso morralla. |
En especie | Es el caso en que las donatarias auto-rizadas obtienen ingresos en especie como es el caso de bienes muebles o inmuebles que les otorgan. Para estos efectos, se deben de declarar los mismos debido a que no hacerlo puede implicar la determinación de un crédito fiscal. |
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Por arrendamiento | Cuando la donataria en su caso, renta un inmueble para efectos de que se utilice para casa habitación o local comercial |
Dividendos | En el caso de que la donataria aporte capital a otra entidad que le distribuya dividendos |
Regalías | Si la donataria es dueña de alguna publicación o en su caso marca, podrá obtener ingresos por concepto de regalías |
Intereses a favor o ganancia cambiaria | Derivada de la misma actividad o por inversiones en bancos o sociedades de inversión |
Otros ingresos | Que no sean de los comprendidos en los puntos anteriores |
Erogaciones efectuadas
CONCEPTO | DATOS |
Nómina | El pago de las prestaciones |
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