Información a entregar al SAT
Autor | Miguel Ángel Hernández Yescas/Mónica Isela Galindo Cosme/Jesús F. Hernández Rodríguez |
Páginas | 121-141 |
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Del año 2014 al año 2015, el SAT ha complementando a paso lento el requerimiento de información y hasta el año 2015 la información a entregar es la siguiente:
A. Catálogo de cuentas utilizado en el período.
B. Código agrupador de cuentas del SAT.
C. Balanza de comprobación.
D. Información de las pólizas del período.
E. Información de los auxiliares de folios fiscales asignados a los comprobantes fiscales dentro de las pólizas.
F. Información de los auxiliares de cuenta de nivel mayor y/o de la subcuenta de primer nivel.
G. Sello digital de la contabilidad electrónica.
H. Catálogo de monedas.
I. Catálogo de bancos.
J. Catálogo de métodos de pago.
De los anteriores conceptos, sólo comentaremos algunos, aclarando que se encuentran descritos en el anexo 24, con las características que las autoridades requieren, por lo que son susceptibles de cambios, de acuerdo con las publicaciones en el DOF.
El contribuyente deberá utilizar el siguiente estándar XSD, validando su forma y sintaxis en un archivo con extensión XML.
El contribuyente que utilice este estándar deberá sujetarse tanto a las disposiciones fiscales vigentes, como a los lineamientos técnicos de forma y sintaxis para la generación de archivos XML especificados por el consorcio w3, establecidos en http://www.w3.org.
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El objetivo es generar un estándar de balanza de comprobación que se entrega como parte de la contabilidad electrónica.
El archivo XML con la información del catálogo de cuentas deberá enviarse comprimido en formato ZIP con la nomenclatura siguiente:
Ejemplos:
Personas Morales
Personas Físicas
El contribuyente deberá utilizar el estándar XSD, validando su forma y sintaxis en un archivo con extensión XML.
Para poder ser validado, la balanza de comprobación de contabilidad electrónica deberá estar referenciado al namespace y ruta publicada por el SAT en donde se encuentra el esquema XSD.
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Observaciones:
A) Si el contribuyente utiliza más cuentas que las contenidas en el catálogo, deberá agrupar las mismas, de manera que si se cuenta con 5 o más niveles de subcuentas, éstas deberán agruparse para llegar al nivel subcuenta que tiene el catálogo de la autoridad.
B) Si el contribuyente utiliza menos cuentas que las que tiene el catálogo del Anexo 24, deberá manejar únicamente las cuentas que utilice.
C) Si el contribuyente utiliza en su contabilidad cuentas que no vienen reflejadas en el catálogo publicado en el Anexo 24 debe adaptar su cuenta contable a la que más se adapte del catálogo de la autoridad.
El Código es una clave numérica que busca estandarizar los distintos catálogos manejados por los distintos contribuyentes; por la misma razón, ha generado confusión entre los profesionales de la contaduría. Al respecto podemos decir que:
a) No existe una claridad respecto a las cuentas a utilizar ya que se manejan ahora demasiadas y se desconoce qué cuenta es la que se debe utilizar.
b) No existe un instructivo mínimo –como en el caso del llenado del SIPRED– que permita a los usuarios la unificación de criterios en su llenado.
c) No existe la aclaración del tipo de contribuyente y parece que cualquiera debe utilizar este catálogo. Se deja al “buen juicio” del contribuyente el llenado.
d) En términos generales no se apega a las NIF.
El archivo XML con la información de la balanza de comprobación deberá enviarse comprimido en formato ZIP con la nomenclatura siguiente:
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Información normal: Se entenderá como aquella información que envía el contribuyente por primera vez al período que corresponda, indistintamente si dicha información es presentada de forma oportuna o extemporánea a los plazos establecidos para su envío.
Información complementaria: Se entenderá como aquella información que envía el contribuyente en la cual se incluyen los ajustes del período que corresponda, y que sustituye la información enviada previamente por el mismo período.
Ejemplos:
Persona Moral. Balanza de comprobación normal
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Persona Moral. Balanza de comprobación complementaria
Persona Física. Balanza de comprobación normal
Persona Física. Balanza de comprobación complementaria
PRODUCTIVIDAD Y ASOCIADOS, S.C.
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