INE/JGE108/2017. Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueban las Políticas, Bases y Lineamientos del Instituto Nacional Electoral en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Fecha de disposición21 Agosto 2017
Fecha de publicación21 Agosto 2017
EmisorINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

INE/JGE108/2017. ACUERDO de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueban las Políticas, Bases y Lineamientos del Instituto Nacional Electoral en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. INE/JGE108/2017. ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS POLÍTICAS, BASES Y LINEAMIENTOS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN MATERIA DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.

ANTECEDENTES

  1. El 14 de diciembre de 2016, en sesión extraordinaria el Consejo General del Instituto Nacional Electoral "INE", mediante Acuerdo INE/CG844/2016 aprobó el Reglamento del INE en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

  2. El 28 de abril de 2017, en sesión extraordinaria la Junta General Ejecutiva "JGE" del INE, aprobó el Acuerdo INE/JGE72/2017 mediante el cual se modificó del Programa de Infraestructura Inmobiliaria 2011-2017 del INE; para quedar como el Programa de Infraestructura Inmobiliaria 2011-2020 del INE.

  3. El 29 de mayo de 2017, en la Quinta Sesión Ordinaria del Comité Central de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del INE, se analizó y aprobó el proyecto de las POBALINES, así como someterlas a consideración de la JGE del Instituto.

CONSIDERANDO

  1. Que las POBALINES tienen el objeto de regular las acciones relativas a la planeación, programación, presupuestación, contratación, gasto, ejecución, administración, control y evaluación de las obras públicas y de los servicios relacionados con las mismas que lleve a cabo el Instituto, de conformidad con los criterios de economía, eficacia, eficiencia, transparencia, imparcialidad y honradez que establece el artículo 134 de la CPEUM.

  2. Que el ámbito de aplicación de las presentes POBALINES es de observancia obligatoria para los servidores públicos del INE que intervengan o lleven a cabo la planeación, programación, presupuestación, contratación, gasto, ejecución y control de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, así como a las personas físicas o morales que participen en los procesos de contratación de obras públicas y servicios relacionados con las mismas del INE.

ACUERDO

PRIMERO.- Se aprueban las Políticas, Bases y Lineamientos del INE en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, las cuales se anexan al presente Acuerdo y forman parte integrante del mismo.

SEGUNDO.- Se instruye a la Dirección...

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