Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 3-13-18 hectáreas de temporal de uso individual, de terrenos del ejido El Centinela de Abajo, Municipio de Manzanillo, Col

Fecha de disposición16 Mayo 2005
Fecha de publicación16 Mayo 2005
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 3-13-18 hectáreas de temporal de uso individual, de terrenos del ejido El Centinela de Abajo, Municipio de Manzanillo, Col.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracción III, 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80, 88 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio número 1022 de fecha 9 de junio del 2000, la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 3-02-15.67 Has., de terrenos del ejido denominado EL CENTINELA DE ABAJO , Municipio de Manzanillo del Estado de Colima, para destinarlos al establecimiento de un centro acuícola, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracción III y 94 de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley, registrándose el expediente con el número 12402. Posteriormente la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación mediante oficio número 110.01.-7069/02 de fecha 25 de enero del 2002, reitera el interés jurídico en el procedimiento expropiatorio y ratifica el compromiso de pago de la indemnización respectiva. Iniciado el procedimiento relativo, de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 3-13-18 Has., de temporal de uso individual, propiedad de los siguientes ejidatarios.

NOMBRE PARCELA SUPERFICIE No. HA.

  1. - FIDEL NOYOLA GAYTAN 30 0-39-05

  2. - ENRIQUE SILVA MURATALLA 31 1-12-01

  3. - EVERARDO MARTÍNEZ MARMOLEJO 32 1-11-45

  4. - PEDRO DE NIZ CAMBEROS 33 0-50-67

TOTAL 3-13-18 HAS.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando anterior y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 15 de julio de 1968, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de julio de 1968 y ejecutada el 29 de octubre de 1992, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido EL CENTINELA DE ABAJO , Municipio de Manzanillo, Estado de Colima, una superficie de 323-40-00 Has., para beneficiar a 31...

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