Acuerdo de Coordinación para la ejecución del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena, que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y el Municipio de Eloxochitlán, Puebla

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EmisorComisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas

ACUERDO de Coordinación para la ejecución del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena, que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y el Municipio de Eloxochitlán, Puebla. ACUERDO DE COORDINACION PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA DE COORDINACION PARA EL APOYO A LA PRODUCCION INDIGENA, EN LO SUCESIVO "EL PROGRAMA" DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2008, QUE CELEBRAN, LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, REPRESENTADA POR LA MTRA. ANAHI ROMERO ALONSO EN SU CARACTER DE DELEGADA ESTATAL EN PUEBLA, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA COMISION", Y EL MUNICIPIO DE ELOXOCHITLAN, PUEBLA, REPRESENTADO POR LOS CC. LEONCIO GONZALEZ MENDOZA, ALBERTO MONTALVO CID Y C.P. OFELIA MENDOZA TELLEZ, EN SUS RESPECTIVOS CARACTERES DE PRESIDENTE MUNICIPAL, SINDICO Y TESORERA; A LAS QUE EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA "LA EJECUTORA"; MISMOS QUE CUANDO ACTUEN EN CONJUNTO SE LES DENOMINARA "LAS PARTES", DOCUMENTO QUE SUSCRIBEN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES
  1. El artículo 2o. apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece la obligación para la Federación, los estados y los municipios, de impulsar el desarrollo regional de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de gobierno. II. La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla señala que las autoridades estatales garantizarán el desarrollo integral de los pueblos indígenas y velarán por la atención de sus demandas con pleno respeto a su cultura y promoverán acciones para su beneficio. III. Con fecha 11 de diciembre de 2007 la Junta de Gobierno de "LA COMISION", aprobó en términos del artículo 9 fracción IX de su Ley, los programas a ejecutarse por parte de ésta durante el presente ejercicio fiscal. IV. Que el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio fiscal 2008, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de diciembre de 2007, establece en su artículo 23 que los programas que deberán sujetarse a reglas de operación son aquellos enunciados dentro de su anexo 17, considerándose dentro de ese documento a los Programas de "LA COMISION". V. El artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que con objeto de asegurar la aplicación eficaz, eficiente, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, entre los que se encuentran los de "EL PROGRAMA", deberán sujetarse a "LAS REGLAS DE OPERACION" que establecen los requisitos, criterios e indicadores que lo regulan. VI. Con fecha 28 de diciembre de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación" Acuerdo de modificación a las reglas de operación de los siguientes programas: Albergues Escolares Indígenas, Fondos Regionales Indígenas, Turismo Alternativo en Zonas Indígenas, Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena, Organización Productiva para Mujeres Indígenas, Fomento y Desarrollo a las culturas Indígenas, Promoción de Convenios en Materia de Justicia e Infraestructura Básica para la Atención de los Pueblos Indígenas". En adelante "LAS REGLAS DE OPERACION". VII. "LAS REGLAS DE OPERACION" de "EL PROGRAMA" establecen como objetivo general "Acordar y convenir acciones de coordinación con los Gobiernos Municipales y Estatales, así como con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para la implementación de proyectos productivos integrales ejecutados y operados por la población indígena. VIII. De conformidad con "LAS REGLAS DE OPERACION" de "EL PROGRAMA" existe la necesidad de celebrar un Acuerdo de Coordinación para la ejecución de "EL PROGRAMA". En ese tenor y en razón de lo expuesto, "POR LAS PARTES" tienen a bien establecer el presente Acuerdo bajo las siguientes: DECLARACIONES

  2. De "LA COMISION" I.1 Que es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con personalidad jurídica, con patrimonio propio, con autonomía operativa, técnica, presupuestal y administrativa, de conformidad con su ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de mayo de 2003. I.2 Que tiene como objeto orientar, coordinar, promover, apoyar, fomentar, dar seguimiento y evaluar los programas, proyectos, estrategias y acciones públicas para el desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas y tiene facultades para establecer acuerdo y convenios de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, con la participación que corresponda a sus municipios, para llevar programas, proyectos y acciones conjuntas a favor de los pueblos y comunidades indígenas. I.3 Que la Mtra. Anahí Romero Alonso, en su carácter de Delegada en el Estado de Puebla, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Acuerdo de conformidad con el Poder General y Especial que se contiene en la Escritura Pública número 83,775, libro dos mil cuatrocientos treinta y siete, de fecha 17 de junio de 2008, pasada ante la Fe del Notario Público número 104 de la Ciudad de México, D.F., licenciado José Ignacio Sentíes Laborde. I.4 Que señala como su domicilio para...

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