Indice nacional de precios al consumidor

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INDICE nacional de precios al consumidor.

Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.

INDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 20-BIS del Código Fiscal de la Federación y conforme a lo señalado en los artículos 8o. y 10o. de su Reglamento Interior, el Banco de México da a conocer, en relación con el Indice Nacional de Precios al Consumidor de octubre de 1999, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de este mes, la información siguiente:

  1. INDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR APLICABLE A CADA CONCEPTO DE CONSUMO FAMILIAR correspondiente a octubre de 1999.

    BASE 1993=100 BASE 1994=100

    1. Alimentos, bebidas y tabaco 330.825 318.446

    2. Ropa, calzado y accesorios 307.485 293.934

    3. Vivienda 296.918 271.079

    4. Muebles, aparatos y enseres domésticos 340.043 322.767

    5. Salud y cuidado personal 369.252 337.993

    6. Transporte 354.278 328.827

    7. Educación y esparcimiento 310.352 271.918

    8. Otros servicios 296.578 280.062

  2. PRECIOS

    Las cotizaciones de los precios correspondientes a los productos y servicios, a que se refieren las fracciones I y II del artículo 20-BIS del Código Fiscal de la Federación, son las que se contienen en el anexo "A" de esta publicación. Dichas cotizaciones se dan a conocer por la clave respectiva, para conocer el concepto, la unidad y la especificación del producto que le corresponde a cada clave, habrá de consultarse la publicación de este Banco de México relativa al Indice Nacional de Precios al Consumidor dada a conocer en el Diario Oficial de la Federación el 29 de abril de 1995.

    Las cotizaciones de los precios de alimentos se hicieron como mínimo tres veces durante el mes de que se trata y las demás se obtuvieron por lo menos una vez en el propio periodo.

    Tales cotizaciones de precios dan lugar a índices de precios relativos, los cuales ponderados conforme a la fórmula que se contiene en el punto 4 de esta publicación, a su vez, dan por resultado los índices nacionales correspondientes a los distintos conceptos de consumo familiar.

  3. PONDERACIONES

    El Indice Nacional de Precios al Consumidor de cada mes se calcula utilizando para cada concepto de consumo familiar, las ponderaciones siguientes:

    Ponderaciones

    Alimentos, bebidas y tabaco 29.41%

    Ropa, calzado y accesorios 6.75%

    Vivienda 22.22%

    Muebles, aparatos y enseres domésticos 5.69%

    Salud y cuidado personal 6.78%

    Transporte 15.19%

    Educación y esparcimiento 7.66%

    Otros servicios 6.30%

    Por construcción, estas...

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