Reglas de Operación e indicadores de evaluación y gestión del Programa Educativo Rural 2005

Fecha de disposición23 Noviembre 2005
Fecha de publicación23 Noviembre 2005
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

REGLAS de Operación e indicadores de evaluación y gestión del Programa Educativo Rural 2005.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.

REGLAS DE OPERACION E INDICADORES DE EVALUACION Y GESTION DEL PROGRAMA EDUCATIVO RURAL 2005.

Conforme a lo dispuesto en los artículos: 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, 3, 6, 7, 8, 10, 14, 21, 27, 32, 33, 37, 45, 47, 49, 50 y 70 de la Ley General de Educación; 7 y 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 1, 2, 28, 49, 50, 51, 52, 66, 71, 78 decimocuarto y decimoquinto transitorios del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, y

CONSIDERANDO

Que la educación constituye el eje central para promover el desarrollo rural sustentable.

Que el Estado Mexicano considera de interés público el desarrollo rural sustentable.

Que la calidad, la cobertura con equidad y la gestión, constituyen los ejes rectores de la política educativa del Estado Mexicano.

Que la educación constituye un factor determinante que facilita a las personas su integración al desarrollo.

Que los retos actuales del sistema educativo son: elevar la calidad, ampliar la cobertura con equidad y mejorar su sistema de gestión.

Que los retos del sector rural, en el contexto de la mundialización económica son: la productividad, la rentabilidad, la competitividad, la sustentabilidad y la equidad.

Que la formación del capital humano, a través de la educación, constituye el instrumento más eficaz para el desarrollo sustentable y enfrentar los grandes retos del sector rural.

Que la inversión en la educación, especialmente para grupos vulnerables, es una prioridad para el Estado Mexicano.

Que es necesario atender los rezagos en equipamiento y mantenimiento de los espacios educativos.

Que el Gobierno Federal, en el marco de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, establece el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable (PEC), del cual deriva el Programa Educativo Rural (PER).

Que la Secretaría a través de sus unidades administrativas competentes, cuenta con una red de servicios educativos en los tipos de: bachillerato, licenciatura y posgrado; y su misión es ofrecer una formación integral, social, humanista y tecnológica centrada en la persona, que consolide el conocimiento hacia el sector rural, fortalezca la pertinencia, fomente la mentalidad emprendedora y de liderazgo.

Que la Secretaría a través de sus unidades administrativas competentes, contribuye al desarrollo económico y social de las regiones, mediante la formación de técnicos y profesionales de diferentes disciplinas. Así mismo, proporciona a la población rural, una amplia oferta de servicios de capacitación y asistencia técnica a productores.

En tal virtud, y para dar cumplimiento a los anteriores considerandos se expiden las siguientes:

REGLAS DE OPERACION E INDICADORES DE GESTION Y EVALUACION DEL PROGRAMA EDUCATIVO RURAL (PER) 2005

CONTENIDO

CAPITULO 1 PRESENTACION Y DEFINICIONES
CAPITULO 2 DESCRIPCION Y OBJETIVOS DEL PROGRAMA
CAPITULO 3 COBERTURA Y POBLACION OBJETIVO
CAPITULO 4 FINANCIAMIENTO Y DISTRIBUCION DE LOS RECURSOS
CAPITULO 5 MECANICA DE OPERACION
CAPITULO 6 CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD
CAPITULO 7 METAS
CAPITULO 8 EVALUACION
CAPITULO 9 PARTICIPANTES
CAPITULO 10 SUSPENSION Y CANCELACION DE LOS APOYOS DEL PROGRAMA
CAPITULO 11 CONTRALORIA INTERNA
CAPITULO 12 CONTRALORIA SOCIAL
CAPITULO 13 TRANSITORIOS
CAPITULO 1 PRESENTACION Y DEFINICIONES Artículo 1

Derivado de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, el Gobierno Federal crea el Programa Especial Concurrente (PEC), con el propósito de fomentar acciones que incidan en todas las actividades económicas de la sociedad rural: educación, salud, alimentación, política de población y planeación familiar, vivienda, infraestructura y equipamiento, combate a la pobreza y la marginación, medio ambiente rural, grupos prioritarios, organización social, tenencia y disposición de la tierra, seguridad social, trabajadores rurales y jornaleros agrícolas, protección civil y demás que determine el Ejecutivo Federal.

En este contexto, el Programa Educativo Rural (PER), correspondiente al año 2005, plantea fortalecer la infraestructura y equipamiento de las unidades educativas del Subsistema de Educación Tecnológica Agropecuaria, para mejorar la oferta de servicios educativos, orientados al desarrollo de las capacidades y potencialidades de los jóvenes y productores del sector rural.

La Secretaría a través de sus unidades administrativas competentes, cuenta con una red de servicios educativos, integrada por 204 centros de bachillerato tecnológico agropecuarios, 125 brigadas de educación para el desarrollo rural, 2 unidades de capacitación para el desarrollo rural, 1 centro de investigación para los recursos naturales, Subdirecciones de Investigación y Graduados Agropecuarios, así como 20 Institutos Tecnológicos Agropecuarios y 1 Instituto Tecnológico Forestal.

En los 204 planteles, en el presente ciclo escolar, se atiende a 154,883 estudiantes en los tipos educativos: medio superior; asimismo, a través de las 125 brigadas de educación para el desarrollo rural y 2 unidades de capacitación para el desarrollo rural, se llevan a cabo acciones de vinculación con el sector productivo.

En los 21 institutos tecnológicos se atienden 16,537 alumnos en licenciatura y 171 alumnos en postgrado según reporte de evaluación programática del mes de mayo de 2005, llevándose a cabo acciones académicas orientadas a la investigación y vinculación que benefician a jóvenes y productores del sector rural.

Los recursos asignados al Programa Educativo Rural (PER), del Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable en el tipo medio superior y superior, se orientaran en los Subprogramas Equipamiento y Mantenimiento, comprendidos en 8 componentes y 18 subcomponentes.

Componente: Maquinaria Agrícola.

Subcomponente tractor equipado con arado, sembradora, rastra, cultivadora, remolque y empacadora.

Componente: Agricultura Protegida

Subcomponente Invernadero.

Componente: Taller de Industrialización de Lácteos.

Subcomponente: Enfriador de placas tipo Chiller. Sistema de pasteurización. Tanque de enfriamiento.

Componente: Optimización del Agua

Subcomponente: Sistema de Riego.

Componente: Semovientes

Subcomponente: Bovinos,

Subcomponente: Caprinos,

Subcomponente: Ovinos,

Subcomponente: Porcinos.

Componente: Mejoramiento Genético

Subcomponente: Inseminación Artificial.

Componente: Cómputo

Subcomponente: Computadoras e Impresoras.

Componente: Mantenimiento

Subcomponente: Instalaciones eléctricas,

Subcomponente: Instalaciones hidráulicas,

Subcomponente: Instalaciones sanitarias,

Subcomponente: Instalaciones de gas,

Subcomponente: Instalaciones de vapor,

Subcomponente: Techumbres.

Participarán en el Programa Educativo Rural, 80 Centros de Bachillerato Tecnológico Agropecuarios para el tipo medio superior y 12 Institutos Tecnológicos Agropecuarios para el tipo Superior.

Artículo 1

Definiciones. Para efectos de estas Reglas de Operación, se entenderá por:

  1. PEC: Programa Especial Concurrente.

  2. PER: Programa Educativo Rural.

  3. CND: Comité Nacional Dictaminador.- Para el tipo medio superior: Organo Interno presidido por el Director General de Educación Tecnológica Agropecuaria (DGETA), la integración del Comité Nacional Dictaminador lo conforman los titulares de la Dirección de Apoyo a la Operación Desconcentrada, Dirección Técnica en la Coordinación Administrativa. Para el tipo superior: Organo Interno presidido por el Director General de Educación Superior Tecnológica (DGEST), la integración del Comité Nacional Dictaminador lo conforman el Director General, la Coordinación Sectorial de Planeación y Desarrollo del Sistema, la Coordinación Administrativa y la Dirección de Vinculación.

  4. CED: Comité Estatal Dictaminador.- Para el tipo medio superior Organo Interno integrado por el Subdirector de Enlace Operativo y los responsables de las áreas de apoyo técnico, planeación y evaluación, vinculación con los sectores social y productivo.

  5. Secretaría: Secretaría de Educación Pública (SEP).

  6. Subsecretaría: Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS).

  7. Subsecretaría: Subsecretaría de Educación Superior (SES).

  8. Dirección General de Educación Media Superior: Dirección General de Educación Tecnológica Agropecuaria (DGETA).

  9. Dirección General de Educación Superior: Dirección General de Educación Superior Tecnológica (DGEST).

  10. Enlaces: Subdirectores de Coordinación de Enlace Operativo de la DGETA en los estados. Directores de Institutos Tecnológicos Agropecuarios por la DGEST.

  11. Unidad Educativa: Centros de Bachillerato Tecnológico Agropecuario y Forestales, Institutos Tecnológicos Agropecuarios, Unidades de...

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