Reglas de Operación e Indicadores de Evaluación del Fondo para la Producción Cinematográfica de Calidad (FOPROCINE

Fecha de disposición15 Marzo 2000
Fecha de publicación15 Marzo 2000
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

REGLAS de Operación e Indicadores de Evaluación del Fondo para la Producción Cinematográfica de Calidad (FOPROCINE).

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.- Consejo Nacional para la Cultura y las Artes.- Instituto Mexicano de Cinematografía.- Fondo para la Producción Cinematográfica de Calidad.

REGLAS DE OPERACION E INDICADORES DE EVALUACION DEL FONDO PARA LA PRODUCCION CINEMATOGRAFICA DE CALIDAD.

Con fundamento en los artículos 3o., 25 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 3o. de la Ley General de Educación, 67 y 74 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del Año 2000, 15 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales, 4o. de la Ley Federal de Cinematografía, 1o., 2o. y 3o. del Decreto por el que se crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Mexicano de Cinematografía y los numerales 257, 259 y 261 del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal, y

CONSIDERANDO

Que el Gobierno Federal tiene entre sus responsabilidades la promoción y difusión de las bellas artes y las ha declarado como actividades de interés público. Asimismo, la política cultural ha constituido uno de los fundamentos del Estado mexicano, encauzada por definición a subrayar el papel de la cultura en el desarrollo nacional.

Que la actividad cinematográfica es concebida no sólo como actividad industrial y de entretenimiento, sino también como medio de expresión cultural, educativa y de comunicación, por lo que se considera una actividad prioritaria para el Estado.

Que de acuerdo con las circunstancias actuales de nuestra cinematografía, se requiere en forma indispensable de su fortalecimiento para lograr su reactivación con el fin fundamental de que asuma el papel cultural y económico que le corresponde.

Que el Instituto Mexicano de Cinematografía es un organismo público descentralizado del Gobierno Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, creado por Decreto Presidencial, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 25 de marzo de 1983.

Que tiene a su cargo la función de promover y coordinar la producción, distribución y exhibición de materiales cinematográficos, y de los demás instrumentos que sean necesarios para el cumplimiento de sus programas.

Que en cumplimiento de las instrucciones del Ejecutivo Federal y para dar congruencia a las acciones de Estado como una de las formas para que la industria cinematográfica cuente con un instrumento financiero, se constituyó el Fideicomiso denominado Fondo para la Producción Cinematográfica de Calidad, que promueve y conjunta esfuerzos públicos y privados, que permitan financiar la producción de películas de calidad, para que el cine mexicano tenga las oportunidades, las realizaciones y el reconocimiento que requiere el desarrollo cultural del país.

Que la producción cinematográfica además, constituye una fuente de inversión pública y privada, generadora de importantes efectos multiplicadores en empleo, recaudación fiscal y desarrollo técnico, principalmente.

Con base en lo anterior, he tenido a bien expedir las siguientes:

REGLAS DE OPERACION E INDICADORES DE EVALUACION DEL FONDO PARA LA PRODUCCION CINEMATOGRAFICA DE CALIDAD A CARGO DEL INSTITUTO MEXICANO DE CINEMATOGRAFIA

INDICE

  1. Presentación.

  2. Objetivos.

  3. Fondo para la Producción Cinematográfica de Calidad.

    3.1 Definiciones.

    3.2 Objetivo.

    3.3 Fines específicos.

    3.4 Estructura operativa.

    3.5 Comisión Consultiva.

    3.6 Beneficiarios.

    3.7 Tipos de apoyos y operaciones.

    3.8 Requisitos.

    3.9 Criterios de selección.

    3.10 Patrimonio.

    3.11 Otorgamiento de apoyos.

    3.12 Recuperación y temporalidad.

    3.13 Mecánica de operación.

    3.14 Compromisos de los SUJETOS DE APOYO.

    3.15 Coordinación con otras instituciones.

    3.16 Seguimiento.

    3.17 Indicadores de evaluación.

    3.18 Contraloría social.

  4. Presentación.

    El Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000 señala, cumpliendo con las disposiciones generales y específicas de la Ley de Planeación, el conjunto de programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales con los que debieran alcanzarse sus objetivos, llevando a la práctica las estrategias y las líneas de acción formuladas en su propio texto. Se menciona en este documento rector y normativo de la acción del Gobierno Federal, un programa que atañe al ámbito particular de la cultura.

    En materia de cultura, el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000 contiene políticas públicas definidas sobre soberanía nacional y desarrollo social, constituyéndose como objetivos fundamentales, fortalecer el ejercicio pleno de la soberanía nacional como valor supremo de nuestra nacionalidad y como responsabilidad primera del Estado mexicano; y avanzar hacia un desarrollo social que propicie y extienda, bajo los principios de equidad y justicia, las oportunidades de superación individual y comunitaria en todo el país.

    La política cultural ha constituido uno de los fundamentos del Estado mexicano, en el que es posible reconocer un principio de continuidad no sólo en los esfuerzos en el campo de la cultura, sino del proyecto nacional mismo. Es una política encauzada a colocar a la cultura como parte esencial para enriquecer los contenidos de la educación y a contribuir a la articulación de los esfuerzos de los distintos ámbitos orientados al desarrollo nacional, fortaleciendo los valores que singularizan a México como Nación.

    En ese contexto, el Programa de Cultura 1995-2000 señala entre sus principales líneas de acción relativas a la cinematografía, la necesidad de generar mecanismos destinados a estimular nuestra cinematografía, con la participación activa de diversas instancias de los sectores público, social y privado, así como la generación de nuevos modelos de financiamiento para la producción de cine mexicano de calidad, que involucren a los sectores público y privado.

    El Programa de Cultura prevé la vinculación estrecha del cine con la política cultural, propiciando por un lado, el surgimiento de aquellas expresiones de la actividad artística en un marco democrático y plural de libertad y respeto, y por otro, las que contribuyan a fortalecer los valores, historia y tradiciones concominantes a nuestra identidad nacional, que posibilite la formación de nuevos públicos y la iniciativa artística.

  5. Objetivos.

    La misión del Instituto Mexicano de Cinematografía es fomentar el desarrollo de la actividad cinematográfica nacional con la participación de la comunidad de cineastas, a fin de satisfacer las necesidades y requerimientos culturales y de entretenimiento de la población en general, a través del apoyo a la producción de películas, así como a la distribución, exhibición y difusión cinematográficas, por lo que se consideran los siguientes objetivos:

    Promover y propiciar la producción de audiovisuales de calidad.

    Realizar acciones de fomento al desarrollo de proyectos cinematográficos.

    Invertir los recursos fiscales disponibles para la coproducción cinematográfica mediante procedimientos competitivos, confiables y de decisión colegiada.

    Alcanzar amplia distribución y exhibición de las producciones cinematográficas.

    Difundir el cine mexicano de calidad en el extranjero y fomentar la difusión del cine extranjero de calidad en México, que sin la acción gubernamental no podría ser exhibido en nuestro país.

    A continuación se describe el Fideicomiso denominado Fondo para la Producción Cinematográfica de Calidad, a cargo del Instituto Mexicano de Cinematografía (IMCINE):

  6. Fondo para la Producción Cinematográfica de Calidad (FOPROCINE).

    3.1 Definiciones.

    Para efectos de estas Reglas se entiende por:

    FIDEICOMITENTE: Instituto Mexicano de Cinematografía (IMCINE);

    FIDUCIARIA: Nacional Financiera, S.N.C.;

    CONTRATO: Contrato mediante el cual se constituye el Fideicomiso denominado Fondo para la Producción Cinematográfica de Calidad, celebrado el 2 de diciembre de 1997 por el FIDEICOMITENTE y la FIDUCIARIA, del cual un original obra en poder de la Dirección Jurídica del Instituto Mexicano de Cinematografía para consulta;

    FOPROCINE: Fondo para la Producción Cinematográfica de Calidad;

    SUJETOS DE APOYO: Personas físicas y/o morales mexicanas, cuyo objeto social, en el caso de las segundas, incluya producir películas cinematográficas, que soliciten el o los apoyos financieros previstos en el CONTRATO;

    CALIDAD: Conjunto de cualidades temáticas y técnicas del proyecto cinematográfico;

    CALIDAD TEMATICA: El tema o idea central del proyecto cinematográfico, debe ser considerado de interés cultural, histórico y/o social relevante, y que su tratamiento este construido y desarrollado de acuerdo a los criterios profesionales con los que se elabora un guión cinematográfico; y

    CALIDAD TECNICA: El proyecto cinematográfico, debe contemplar la realización de la fotografía, incluyendo los trabajos de laboratorio, de acuerdo a los estándares internacionales vigentes en la materia; y el sonido, conforme a los estándares requeridos en estereofonía, para una proyección perfecta.

    3.2 Objetivo.

    El FOPROCINE tiene como objetivo fomentar el desarrollo de la industria cinematográfica, mediante la operación de un sistema de otorgamiento de apoyos financieros a los productores de películas cinematográficas de calidad, quienes deberán ser personas físicas y/o morales mexicanas.

    3.3 Fines específicos.

    En su operación, el FOPROCINE deberá promover la consecución de los siguientes fines específicos:

    1. Promover y apoyar la producción de películas mexicanas cinematográficas de calidad, que combinen niveles satisfactorios de calidad temática y técnica, con perspectivas favorables de recuperación financiera, por su potencial de éxito de público;

    2. Ser el medio para inducir la coparticipación de inversionistas privados, en proyectos conjuntos con el sector público, buscando beneficios mutuos y desarrollando nuevos esquemas que...

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