Indemnizarían por demora

AutorAzucena Vásquez

Si las compensaciones por demoras en vuelos atribuibles a las aerolíneas no resultan atractivas, los pasajeros pueden pedir a cambio una indemnización.

Así lo aseguró Miguel Ángel Salim, diputado impulsor de la reforma que se hizo a la Ley de Aviación Civil.

Explicó que si los cupones de descuento y mecanismos para hacerlos efectivos no son satisfactorios para los afectados, tendrán el derecho de recurrir a lo que señala el artículo 47 Bis de dicha Ley.

"En caso de que exista retraso en relación con la hora de salida estipulada en el boleto y la causa sea atribuible al concesionario o permisionario, el pasajero será indemnizado y/o compensado por el proveedor del servicio", refiere el mismo.

El diputado panista sostuvo que en caso de que recurran a la primera opción, los pasajeros deberán recibir el monto que marca la Ley, en demoras de dos horas y menos de cuatro, deberá ser de 7.5 por ciento del costo del boleto del vuelo afectado, pero en efectivo y no sólo con un cupón de descuento.

Sin embargo, ni Aeroméxico ni Interjet mencionan expresamente esto en sus políticas de compensaciones y se limitan a presentar los porcentajes, vigencia y restricciones.

Pese a ello, Salim resaltó que la Ley es clara.

"Significa que mi compensación es económica o en el siguiente vuelo, a mí no me interesa volar, puedo decir a mí me das mi descuento en efectivo", sostuvo.

Esto aplicará en demoras de dos horas y menos de cuatro, ya que la Ley marca que en esos casos, la empresa está obligada a dar una compensación o a indemnizar. En demoras de más de cuatro horas, el vuelo será cancelado para poder recibir el 25 por ciento del valor del boleto.

En sus políticas de compensación, VivaAerobus refiere que el pasajero afectado puede solicitar indemnización, para lo cual tendrá que proporcionar datos bancarios, un correo electrónico y un teléfono de contacto...

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