Indaga el SAT sin regulación

AutorGonzalo Soto

El uso de fotografías y aparatos de geolocalización por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para verificar domicilios fiscales, es una práctica que no está claramente regulada en la ley fiscal vigente, aseguran fiscalistas.

REFORMA publicó ayer que las visitas por parte del personal del SAT a domicilios de contribuyentes 'de alto riesgo' incluyen por lo menos cuatro fotografías, la aplicación de un cuestionario a la persona que abra la puerta y el envío de datos de geolocalización.

Arturo Carvajal, presidente del Comité Técnico Fiscal del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF), señaló que en la ley no existen una norma que explique el procedimiento de tomas fotográficas y el uso de aparatos de geolocalización.

"No hay una norma hoy que sustente esa práctica en específico y debería haberla para que no haya abusos por parte de la autoridad o los contribuyentes", dijo.

De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación (CFF) en su artículo 42, el fisco podrá realizar visitas domiciliarias para comprobar el cumplimiento de las obligaciones y en su caso, hacerse llegar de las pruebas necesarias para acusar algún delito fiscal.

Sin embargo, en ninguna parte de la ley se detallan las condiciones y el uso de los instrumentos de fotografía y geolocalización, ni los supuestos en los que podrían ser aplicados.

Carvajal comentó que la autoridad puede recabar pruebas, y en su caso fotografiar algún domicilio si así lo interpreta, una vez que se haya dado inicio al procedimiento de auditoría, que incluye la notificación del contribuyente.

Si no se ha iniciado la facultad de revisión, la autoridad no tendría por que desestimar la privacidad de los contribuyentes.

"Por salud de todo el mundo que tenemos que ver con el fisco sería necesaria una norma o...

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