Procedimiento para la Atención de las Denuncias de un posible incumplimiento a las disposiciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal

Fecha de Entrada en Vigor 9 de Diciembre de 2011

LIC. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ, SECRETARIO TÉCNICO DEL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL DISTRITO FEDERAL, CON FUNDAMENTO EN LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 16, FRACCIÓN VIII DEL REGLAMENTO INTERIOR DE ESTE INSTITUTO Y EN CUMPLIMIENTO AL PUNTO CUARTO DEL ACUERDO 1403/SE/15-11/2011 APROBADO POR EL PLENO DE ESTE INSTITUTO, HACE DEL CONOCIMIENTO DE LOS HABITANTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA LOS EFECTOS LEGALES CORRESPONDIENTES LAS MODIFICACIONES Y ADICIONES DEL:

PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE LAS DENUNCIAS DE UN POSIBLE INCUMPLIMIENTO A LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS EN LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.

I.OBJETIVOS:

Establecer las políticas y procedimientos, así como, identificar los órganos del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal responsables de la recepción, atención, resolución y seguimiento de las denuncias que los particulares presenten por un posible incumplimiento a las disposiciones de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.

II. ALCANCE:

EI presente procedimiento es de observancia obligatoria para los Entes Obligados a que se refiere el artículo 4, fracción V, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, así como, para el Pleno, los Comisionados Ciudadanos, la Secretaría Técnica, la Secretaría Ejecutiva y las Unidades Administrativas del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal.

III.DEFINICIONES:

Acuerdo de radicación: Resolución mediante la cual la Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal conoce y tiene por presentada la denuncia interpuesta, por cumplirse con los requisitos mínimos establecidos en este ordenamiento.

Acuerdo de desechamiento: Resolución mediante la cual la Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal determina no aceptar a trámite la denuncia, por no encuadrar esta en las hipótesis que regula este procedimiento; y, en su caso, ordena turnarla al órgano de control del Ente Obligado correspondiente.

Acuerdo de no presentación: Resolución mediante la cual la Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal hace constar que el promovente no desahogo la prevención que se Ie formuló, por lo que se concluye el expediente y, en consecuencia, se ordena su archivo.

Acuerdo de prevención: Resolución mediante la cual la Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal determina requerir al denunciante para que satisfaga los requisitos mínimos establecidos en este ordenamiento que no reúne su escrito inicial de denuncia.

DEyE: Dirección de Evaluación y Estudios del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal.

DJDN: Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal.

Denuncia: Acto en virtud del cual una persona hace del conocimiento del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal un posible incumplimiento a las disposiciones de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, por parte de un Ente Obligado, exceptuando aquellas referentes al ejercicio del derecho de acceso a la información y al trámite del Recurso de Revisión.

Denunciante: Es toda persona que, sin necesidad de sustentar justificación o motivación alguna, presenta una denuncia con motivo de un posible incumplimiento a las disposiciones de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, por parte de un Ente Obligado, exceptuando aquellas referentes al ejercicio del derecho de acceso a la información y al...

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