Incorpora reforma conflicto de interés

AutorRolando Herrera

La reforma del sistema anticorrupción, aprobada el jueves pasado en la Cámara de Diputados, considera como obligación constitucional de los servidores públicos presentar sus declaraciones patrimonial y de conflicto de interés.

Actualmente ambas obligaciones están en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y quien la incumple es sancionado por la Secretaría de la Función Pública (SFP).

"Los servidores públicos a que se refiere el presente artículo estarán obligados a presentar, bajo protesta de decir verdad, su declaración patrimonial y de intereses ante las autoridades competentes y en los términos que determinen las leyes aplicables", establece el proyecto.

La declaración la deben presentar dentro de 60 días naturales posteriores al inicio o conclusión del encargo, así como durante el mes de mayo de cada año para actualizar los datos.

El propósito es que la SFP pueda monitorear cómo evoluciona el patrimonio de los funcionarios, y detectar si hay inconsistencias entre los ingresos y la acumulación de bienes.

En el caso del conflicto de interés, la ley establece que la manifestación de una circunstancia de este tipo se debe realizar sólo cuando se está ante él; es decir, cuando se da una relación que involucra un vínculo del servidor público que puede generar un beneficio ilegal.

"(El servidor público deberá) excusarse de intervenir, por motivo de su encargo, en...

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