Incomunicación de los Reos; para la Averiguación de los Delitos, es Perjudicial la Comunicación de los Presuntos Responsables

INCOMUNICACION DE LOS REOS
Para la averiguación de los delitos, es perjudicial la comunicación de los presuntos responsables
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ESTUDIO SOBRE LA FRACCION II DEL, ARTICULO 20 DE LA CONSTITUCION DE QUERETARO, POR EL CONSTITUYENTE, LICENCIADO JUAN SANCHEZ

La fracción de que se, trata dice:

Artículo 20. En todo juicio del orden criminal tendrá al acusado las siguientes garantías:

  1. No podrá ser compelido a declarar en su contra, por lo cual queda rigurosamente prohibida toda incomunicación o cualquier otro medio que tienda a aquel objeto;

    Esta fracción es incongruente, porque la rigurosa prohibición de la incomunicación no es consecuencia de la prevención de que no sea compelido a declarar en su contra.

    La incomunicación no tiene por objeto hacer declarar en su contra al presunto criminal, sino que esta incomunicación tiende a que no se pierdan ni destruyan las huellas u objetos que conduzcan a la comprobación del cuerpo del delito, o las presunciones de la responsabilidad criminal del procesado. Tiene por objeto igualmente que dicho procesado no prepare su coartada ni haga desaparecer los elementos que contribuyeron a la consumación del delito.

    Otro de los fines que persigue la incomunicación consiste en prevenir que los autores de cualquier delito, puedan tener encubridores y que den aviso a sus cómplices o coautores para que hagan desaparecer toda huella de persecución o descubrimiento del delito que se haya cometido.

    Con la comunicación de todo procesado, éste se pondría de acuerdo con los miembros de su familia, parientes y amigos para que lo ayudaran en su defensa y probaran su inculpabilidad, aun cuando realmente fuera culpable.

    El criminal nato adquiriría gran Poder para probar su inocencia del acto de que se le acusara, estando comunicado.

    El reincidente, con la comunicación, se defendería maravillosamente por ser ya perito en la preparación de las coartadas, y el acusado calumniosamente, y hombre de buenas costumbres y honradez, nada conseguiría con la comunicación, y esperaría tranquilo el fallo de la justicia.

    Varios ejemplos comprobarán mi aserto:

    1. - Un homicida que con una daga conocida de varias personas acaba de matar a su adversario, al llegar la policía a aprehenderlo, lo primero que hace es esconder la daga que le sirvió para ejecutar el acto criminoso. Los Agentes de la Policía lo conducen a la Inspección, a una Comisaría, o a la Penitenciaría del Distrito Federal, y como su hecho causó escándalo, estando...

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