Acuerdo por el que el Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad queda sectorizado en la Secretaría de Salud

Fecha de disposición01 Junio 2012
Fecha de publicación01 Junio 2012
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 90 de la propia Constitución; 31, 37, 39, 48 y 49 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 38 y 39 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal faculta al Presidente de la República para agrupar por sectores definidos a las entidades paraestatales, considerando su objeto en relación con el ámbito de competencia que las leyes confieren a las Secretarías de Estado;

Que la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de mayo de 2011, crea el Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad como un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal;

Que dicho organismo descentralizado tiene por objeto el establecimiento de la política pública para las personas con discapacidad, mediante la coordinación institucional e interinstitucional; así como promover, fomentar y evaluar la participación del sector público y el sector privado en las acciones, estrategias, políticas públicas y programas derivados de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y demás ordenamientos, y

Que el Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad realiza funciones que guardan una estrecha relación con el ámbito de competencia que las leyes atribuyen a la Secretaría de Salud, por lo que el mismo debe quedar incluido en el sector coordinado por dicha Secretaría, he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO

ARTÍCULO ÚNICO

El organismo descentralizado denominado Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad queda agrupado en el sector coordinado por la Secretaría de Salud.

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la...

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