Incidente de nulidad de notificaciones II
Actualizado a | Junio 2021 |
Expediente núm.: ______/________.
Asunto: Incidente de nulidad de notificaciones.
PRIMERA SALA REGIONAL DE _______ DEL
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
_________________________________, actuando a través de mi representante legal, la Sr._____________________, misma de personalidad y antecedentes debidamente acreditados en autos del expediente citado al rubro ante esa juzgadora, respetuosamente comparezco para exponer:
Que por medio del presente ocurso y con fundamento en los artículos 29, 33 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo vengo promoviendo incidente de nulidad de notificaciones, y al efecto manifiesto:
I. HECHOS
ÚNICO. Que casualmente el día de hoy, _________ del mes y año en curso, se tuvo conocimiento de que esa sala regional emitió acuerdo con fecha del ______ de _________ anterior, mediante el cual se requiere al actor para que cumplimente requisitos de procedencia de la demanda que presentó en contra de diversos actos del C. Sub.-administrador de control de créditos y cobro coactivo de la Administración Local de Recaudación de ________ del Servicio de Administración Tributaria; sin embargo, bajo protesta de decir verdad, se manifiesta que dicho auto nunca le fue notificado al mismo, ignorando éste, por tal motivo, su contenido y encontrándose en consecuencia imposibilitado jurídica y materialmente para darle cumplimiento.
II. VICIOS DE LA NOTIFICACIÓN.
Por no haberse ajustado a lo normado en el artículo 29 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con los artículos 22, 26, 27, 42 de la Ley del Servicio Postal Mexicano, procede se declare nula la notificación del acuerdo del ______ de ________ de ________, según se demostrará en las consideraciones jurídicas subsecuentes:
Cuando el particular no se presente se harán personalmente o por correo certificado con acuse de recibo, siempre que se conozca su domicilio o que éste o el de su representante se encuentren en territorio nacional, tratándose de los siguientes casos:
-
El requerimiento a la parte que debe cumplirlo.
Por su parte, los artículos 22, 26, 27, 42 de la Ley del Servicio Postal Mexicano, respectivamente.
Según se desprende de las disposiciones trascritas, la notificación de autos, en virtud de los cuales se requiera a una de las partes del juicio, se puede efectuar personalmente o por correo certificado, siendo el caso de que, cuando se utilice esta última modalidad la eficacia de dicha...
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