Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se aprueba el líquido indeleble que se utilizará para impregnar el dedo pulgar derecho de los electores durante la Jornada Electoral Federal del primero de julio de 2012, así como la institución que lo producirá y la que certificará sus características y calidad

Fecha de disposición06 Diciembre 2011
Fecha de publicación06 Diciembre 2011
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG367/2011. ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBA EL LIQUIDO INDELEBLE QUE SE UTILIZARA PARA IMPREGNAR EL DEDO PULGAR DERECHO DE LOS ELECTORES DURANTE LA JORNADA ELECTORAL FEDERAL DEL PRIMERO DE JULIO DE 2012, ASI COMO LA INSTITUCION QUE LO PRODUCIRA Y LA QUE CERTIFICARA SUS CARACTERISTICAS Y CALIDAD.

Antecedentes

  1. Por Acuerdo aprobado en sesión extraordinaria celebrada el 8 de noviembre de 1993, el Consejo General designó a la Escuela Nacional de Ciencias Biológicas del Instituto Politécnico Nacional, para certificar las características y calidad del líquido indeleble en las elecciones federales de 1994.

  2. La Escuela Nacional de Ciencias Biológicas del Instituto Politécnico Nacional desarrolló el compuesto denominado "ENCB V", con las características requeridas por el Instituto para usarse como líquido indeleble en las elecciones federales de 1994.

  3. Por Acuerdo tomado en sesión extraordinaria celebrada el 3 de diciembre de 1996, el Consejo General encargó a la Escuela Nacional de Ciencias Biológicas del Instituto Politécnico Nacional, la certificación de las características y calidad del líquido indeleble usado en las elecciones federales de 1997.

  4. Con fundamento en el Acuerdo del Consejo General del 3 de diciembre de 1996, la Escuela Nacional de Ciencias Biológicas desarrolló el compuesto químico para ser utilizado como líquido indeleble durante la Jornada Electoral Federal de 1997, el cual garantizó una permanencia en la piel superior a diez horas y ser resistente a solventes de uso común. Además, garantizó no ser tóxico ni ocasionar irritación en la piel o efectos dañinos secundarios.

  5. Dichas características han quedado demostradas con la utilización del líquido indeleble durante las jornadas electorales federales de 1994, 1997, 2000, 2003, 2006 y 2009 donde se ha corroborado plenamente su eficacia.

  6. En cumplimiento a lo señalado en el punto primero del Acuerdo CG26/2000, adoptado por el Consejo General, en sesión ordinaria celebrada el 29 de febrero de 2000, se aprobó para su utilización durante la jornada electoral federal de 2000, la versión modificada del líquido indeleble con colorante y aceleración de la reacción bioquímica sobre la piel, formulación química desarrollada por la Escuela Nacional de Ciencias Biológicas del Instituto Politécnico Nacional.

  7. En observancia de lo señalado en el Punto Segundo del Acuerdo de referencia, la Escuela Nacional de Ciencias Biológicas tuvo a su cargo la fabricación del líquido indeleble, cumpliendo satisfactoriamente en tiempo y forma con las cantidades solicitadas y con los requerimientos de calidad necesarios para el Instituto.

  8. En acatamiento de lo referido en el punto primero del Acuerdo CG39/2000, aprobado por el Consejo General en sesión extraordinaria celebrada el 2 de marzo de 2000, la Universidad Autónoma Metropolitana tuvo a su cargo el control de calidad durante el proceso de fabricación del líquido indeleble, así como el análisis y certificación de las muestras de dicho líquido sobrante que fue usado en las casillas que se instalaron en 2000.

  9. El Consejo General aprobó en su sesión ordinaria del 18 de diciembre del año 2002, el Acuerdo CG228/2002 por el que se expidieron los Lineamientos para verificar la autenticidad de las boletas electorales, las actas de casilla y el líquido indeleble que se utilizaron en la jornada electoral del 6 de julio de 2003.

  10. De conformidad con lo mencionado en el punto primero del Acuerdo CG26/2003, aprobado por el Consejo General, en sesión ordinaria celebrada el 28 de febrero de 2003, se aprobó para su utilización durante la jornada electoral federal de 2003, la versión modificada con colorante y aceleración de la reacción bioquímica sobre la piel, en un aplicador tipo "plumón", del líquido indeleble desarrollado por la Escuela Nacional de Ciencias Biológicas del Instituto Politécnico Nacional.

  11. En base a lo dispuesto en el Punto Segundo del Acuerdo en cita, la Escuela Nacional de Ciencias

    Biológicas tuvo a su cargo la fabricación del líquido indeleble, cumpliendo satisfactoriamente en tiempo y forma con las cantidades solicitadas y con los requerimientos de calidad necesarios para el Instituto.

  12. Con base en lo indicado en el Punto Tercero del Acuerdo aprobado por el Consejo General, en sesión ordinaria celebrada el 28 de febrero de 2003, la Universidad Autónoma Metropolitana tuvo a su cargo el control de calidad durante el proceso de fabricación del líquido indeleble, así como el análisis y certificación de las muestras del referido líquido sobrante que fue usado en las casillas que se instalaron en 2003.

  13. En cumplimiento a lo señalado en el punto primero del Acuerdo CG195/2005, aprobado por el Consejo General, en sesión extraordinaria celebrada el 30 de septiembre de 2005, se aprobó para su utilización durante la jornada electoral federal del 2 de julio de 2006, el líquido indeleble con la incorporación de un colorante que facilite su observación inmediata y la reacción bioquímica sobre la piel, desarrollado por la Escuela Nacional de Ciencias Biológicas del Instituto Politécnico Nacional.

  14. En observancia a lo referido en el Punto Segundo del Acuerdo previamente referido, la...

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