Aviso de la eliminación de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de papel bond cortado, originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía ingresa por la fracción arancelaria 4802.56.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

AVISO DE LA ELIMINACIÓN DE LA CUOTA COMPENSATORIA DEFINITIVA IMPUESTA A LAS IMPORTACIONES DE PAPEL BOND CORTADO, ORIGINARIAS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA. ESTA MERCANCÍA INGRESA POR LA FRACCIÓN ARANCELARIA 4802.56.01 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN.

La Secretaría de Economía (la "Secretaría"), emite el presente Aviso con base en los siguientes

RESULTANDOS

  1. Resolución final

    1. El 28 de octubre de 1998 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de papel bond cortado, originarias de los Estados Unidos de América ("Estados Unidos"), independientemente del país de procedencia (la "Resolución Final").

  2. Cuotas compensatorias

    1. Mediante la Resolución Final la Secretaría determinó las siguientes cuotas compensatorias:

    1. 11.61% a las importaciones procedentes de la empresa International Paper Company;

    2. 5.26% a las importaciones procedentes de la empresa Champion International Corporation;

    3. 16.47% a las importaciones procedentes de la empresa James River Corporation, y

    4. 17.69% a las importaciones procedentes de la empresa Georgia Pacific Corporation y de todas las demás exportadoras de Estados Unidos.

  3. Revisión

    1. El 28 de marzo de 2001 se publicó en el DOF la Resolución por la que concluyó el procedimiento de revisión solicitado por International Paper Company. Se determinó confirmar la cuota compensatoria de 11.61%.

  4. Exámenes de vigencia previos

    1. El 17 de noviembre de 2004 se publicó en el DOF la Resolución final del primer examen de vigencia de las cuotas compensatorias. Se determinó mantenerlas por 5 años más contados a partir del 29 de octubre de 2003.

    2. El 8 de marzo de 2010 se publicó en el DOF la Resolución final del segundo examen de vigencia de las cuotas compensatorias. Se determinó mantenerlas por 5 años más contados a partir del 29 de octubre de 2008 y se modificó el monto de las mismas a 13.7%, independientemente de la exportadora de la que procedan, con excepción de International Paper Company en razón de lo establecido en la Resolución de cumplimiento publicada en el DOF el 13 de diciembre de 2005.

  5. Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias

    1. El 26 de noviembre de 2012 se publicó en el DOF el Aviso sobre la vigencia de cuotas...

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