Implicaciones jurídicas

Enfoque/ Especial

La participación de Luis Gabriel Valencia López como testigo de cargo en la investigación del asesinato de Francisco Stanley ha evidenciado diversas irregularidades en el proceso penal. Estas son algunas implicaciones jurídicas de los hechos relacionados con los testimonios de "El Flama"

  1. Contradicción de Declaraciones

    Hace ocho meses Valencia López dio a conocer ante las autoridades judiciales los presuntos vínculos de Mario Bezares y Paola Durante con los hermanos Amezcua. El 3 de abril desdijo su versión mediante un video filmado en el penal y transmitido por Televisa y TV Azteca. Los defensores de los acusados han solicitado su inclusión como prueba e incluso TV Azteca ya lo puso a disposición del juez.

    Esta última declaración sólo tiene valor probatorio dentro del proceso en el momento que sea refrendada ante el juez. El Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal señala en su artículo 38 la posibilidad de realizarlo ante el juez 55 penal del Reclusorio Oriente o bien solicitar la colaboración de la Procuraduría de Justicia de Puebla para que se le tome su declaración.

  2. Las Presiones

    Valencia asegura que su primera declaración fue de hechos falsos y que lo hizo presionado por la autoridad. De ser así, según el Código Penal del Distrito Federal en su artículo 248, si el testigo se retracta espontáneamente antes de que se pronuncie la sentencia, sólo pagaría una multa de 10 a 200 pesos. Por el contrario, si miente al retractarse se le impondría una pena de tres días a seis meses de prisión.

    Si no se logra demostrar que hubo presión de la autoridad para rendir su testimonio, se le podría perseguir por el delito de falsedad de declaraciones ante la autoridad judicial, la cual tiene una penalidad de dos a seis años de prisión y multa de 100 a 300 días.

  3. ¿Testigo Idóneo?

    Un documento con fecha 5 de agosto del 99 y elaborado por agentes de la PGJDF adscritos al área de Investigación de Homicidios detalla aspectos relevantes sobre la personalidad de Valencia López. Una nota al final del documento lo describe como "un sujeto controlado, frío, calculador y de personalidad fantasiosa". Otro sicólogo del penal resume así su perfil: "Trastorno de personalidad antisocial".

    Asimismo, a "El Flama" se le han seguido tres procesos por abuso de confianza, robo calificado, y portación ilegal de arma de fuego.

    El Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal señala en su artículo 255 que el Ministerio Público o el...

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