Modificación de la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-040-FITO-2003, Por la que se implementa el sistema para prevenir la introducción, diseminación y establecimiento de la palomilla del nopal (Cactoblastis cactorum Berg) en el territorio nacional
Fecha de disposición | 09 Octubre 2003 |
Fecha de publicación | 09 Octubre 2003 |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Modificación de la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-040-FITO-2003, Por la que se implementa el sistema para prevenir la introducción, diseminación y establecimiento de la palomilla del nopal (Cactoblastis cactorum Berg) en el territorio nacional.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
LILIA ISABEL OCHOA MUÑOZ, Coordinadora General Jurídica de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 35 fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 3, 6, 7 fracciones XIII, XIV, XVIII, XIX y XXI; 19 fracción I inciso d), e), g), k) y l); 22, 23, 26, 30, 51, 52, 54, 55, 58 y 60 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal; 1, 38 fracciones II y V; 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y 1, 3 fracción III; 15 fracciones XXX y XXXI, del Reglamento Interior de esta Dependencia, y
CONSIDERANDO
Que es facultad de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) establecer las medidas fitosanitarias que considere convenientes para prevenir la introducción de plagas cuarentenarias, confinar, excluir, combatir o erradicar plagas que afecten a los vegetales, sus productos y subproductos, y que en lo correspondiente a la fitosanidad de las especies de vida silvestre, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) coadyuvará con la SAGARPA.
Que de acuerdo a la biología, hábitos y daños en hospedantes, la Palomilla del Nopal (Cactoblastis cactorum Berg) es considerada como una plaga cactófaga de importancia económica y ecológica, de tipo cuarentenario no presente en los Estados Unidos Mexicanos.
Que es urgente establecer medidas fitosanitarias para evitar el riesgo de introducción de este insecto a territorio nacional, lo que causaría considerables daños económicos a la industria del nopal y de la tuna, que en nuestro país son utilizados como forraje y consumo humano. Además de daños ecológicos, pondría en peligro a las especies de Opuntia que son susceptibles a esta plaga y que se encuentran en el territorio nacional. El daño principal se presenta sobre plantas nativas o cultivadas del género Opuntia.
Que la NOM-EM-040-FITO-2003 señala que la Palomilla del Nopal (Cactoblastis cactorum Berg) se ha reportado en Australia, Sudáfrica, Haití, Estados Unidos de América, Argentina...
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