Ejecutoria nº V-TASR-XXII-293 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 2003

Número de resoluciónV-TASR-XXII-293
Fecha de publicación01 Enero 2003
Número de expediente13660/01-17-11-9
Fecha01 Enero 2003
Número de registro71700
MateriaDerecho Fiscal
LocalizadorAño III. No. 25. Enero 2003.
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

C O N S I D E R A N D O :

(...)

SEGUNDO

(...)

A juicio de este Cuerpo Colegiado el agravio, hecho valer por las autoridades demandadas, que se analiza resulta infundado, por lo siguiente:

Del estudio que se realiza al acuerdo de fecha 21 de noviembre de 2001, el cual obra a fojas 37 de autos, y que hace prueba plena conforme a los artículos 234, fracción I del Código Fiscal de la Federación, 129 y 202 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, que constituye el acto recurrido, se advierte que la Magistrada Instructora acordó no admitir la prueba de inspección judicial ofrecida por las autoridades demandadas, señalada con el numeral 3 del capítulo correspondiente en la contestación de la demanda, toda vez que la autoridad demandada ofreció la inspección judicial para que se realizara sobre documentos, no así respecto de un lugar o cosa específica que por su propia naturaleza deba ser desahogada en el lugar en que se ubique, invocando los siguientes motivos y fundamentos:

México, Distrito Federal, a veintiuno de noviembre del año dos mil uno.- Agréguese a sus autos los oficios de fechas 28 de septiembre y 13 de noviembre del año 2001, recibidos en la Oficialía de Partes Común para las Salas Regionales los días 5 de octubre y 15 de noviembre del año en curso, respectivamente, a través de los cuales el C. Titular de la División Normativa Fiscal y de Asuntos Especiales, en ausencia del Titular de la Coordinación Normativo Contenciosa, Unidad encargada de la defensa jurídica del Instituto Mexicano del Seguro Social y R. de sus Dependencias a Nivel Central y la C. Titular de la jefatura de Servicios Jurídicos y Representante Legal de la Delegación 4 Sureste del Distrito Federal del Instituto Mexicano del Seguro Social, Unidad Encargada de la Defensa Jurídica de los intereses de dicho Instituto, a nombre del H. Consejo Consultivo de la misma Delegación y del propio Instituto, producen sus respectivas contestaciones de demanda, el primero de ellos se adhiere a la contestación que al efecto formule la autoridad delegacional de quien procede el acto impugnado y el segundo, produce su contestación a la demanda, ofrece pruebas que se señalan en el capítulo respectivo, señalan domicilio para oír y recibir notificaciones, así como delegados en términos del artículo 200 del Código Fiscal de la Federación.- SE TIENE POR CONTESTADA LA DEMANDA, por las autoridades demandadas antes señaladas en los términos de lo...

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