Acuerdo del Consejo General del Iev, por el que se Modifica el Acuerdo de este â³rgano Colegiado que Aprueba el Nombramiento de los Consejeros Electorales y Funcionarios que Integrarán los Consejos Municipales de este Organismo Electoral, únicamente Respecto de la Designación del C. Javier Jara Flores, Consejero Electoral Suplente del Consejo Municipal de Ixtaczoquitlán, Ver.

Página 2 GACETA OFICIAL Lunes 10 de junio de 2013
INSTITUTO ELECTORAL VERACRUZANO
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral
Veracruzano, por el que se modifica el acuerdo de este Ór-
gano Colegiado que aprueba el Nombramiento de los Con-
sejeros Electorales y Funcionarios que integrarán los Con-
sejos Municipales de este Organismo Electoral, de fecha
catorce de marzo del año en curso, únicamente respecto de
la designación del C. Javier Jara Flores, consejero electo-
ral suplente del Consejo Municipal de Ixtaczoquitlán,
Veracruz, en cumplimiento a lo ordenado en la resolución
de fecha diez de abril de dos mil trece, dictada en el expe-
diente RAP/08/01/2013 por el Tribunal Electoral del Poder
Judicial del Estado.
R E S U L T A N D O S
I. El Instituto Electoral Veracruzano, en cumplimiento a
las atribuciones que le señalan la Constitución Política del Es-
tado de Veracruz de Ignacio de la Llave y el Código Electoral
para esta misma entidad federativa, organiza en los años dos
mil doce y dos mil trece las elecciones de Diputados locales
y Ediles de los doscientos doce ayuntamientos del Estado.
II. Con fecha 9 de noviembre de 2012, se celebró Sesión
de Instalación del Consejo General, acto solemne con el cual
dio inicio formalmente el Proceso Electoral en el que se ele-
girá a los integrantes del Poder Legislativo y Ediles de los
ayuntamientos del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
en el año 2013.
III. En sesión de este Órgano Colegiado de fecha 31 de
enero de 2013, la presidenta del Consejo General presentó la
propuesta de integración de los Consejos Municipales.
IV. En sesión ordinaria del Consejo General de fecha 14 de
marzo de 2013, se aprobó el Acuerdo del Consejo General del
Instituto Electoral Veracruzano, mediante el cual se aprueba el
nombramiento de los Consejeros Electorales y Funcionarios que
integrarán los Consejos Municipales de este organismo electo-
ral. En dicho acuerdo se aprueba, entre otros, la designación del
C. Javier Jara Flores, como Consejero Electoral Suplente del
Consejo Municipal de Ixtaczoquitlán, Veracruz.
V. El Partido Acción Nacional, en vía de per saltum inter-
puso el 18 de marzo de 2013, Juicio de Revisión Constitucio-
nal Electoral en contra de la designación de los integrantes de
los Consejos Municipales Electorales realizada por este Con-
sejo General mediante acuerdo de fecha 14 de marzo del año
en curso, señalando entre otros agravios, que el Consejo Gene-
ral del Instituto Electoral Veracruzano, nombró al C. Javier Jara
Flores como Consejero Electoral del Consejo Municipal de
Ixtaczoquitlán, Veracruz, cuando dicho ciudadano es trabajador
del Ayuntamiento de ese municipio, estimando con ello, que se
estaría violando el principio de imparcialidad y poniendo en
riesgo el Proceso Electoral en ese municipio de la entidad.
VI. En fecha 20 de marzo de los corrientes, la Sala Regio-
nal Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Fe-
deración, emitió resolución, en la que determinó el
reencauzamiento de ese medio de impugnación al Tribunal
Electoral del Poder Judicial del Estado, para que conforme a
su competencia y atribuciones, dictará la resolución que en
derecho procediera, a fin de salvaguardar el derecho del
justiciable para agotar la cadena impugnativa conducente.
VII. En la misma fecha 20 de marzo del presente, se reci-
bieron en el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado
las constancias que integran el expediente, cuyo reencauzamien-
to ordenó la referida Sala Regional del Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación.
Mediante proveído de 21 de marzo de los corrientes, el
Magistrado Presidente de ese Órgano Jurisdiccional Local,
ordenó radicar el expediente RAP/08/01/2013.
VIII. El 10 de abril de 2013, a las veintiún horas con ocho
minutos, en la Oficialía de Partes de este Instituto Electoral
Veracruzano, se recibió el oficio 208/2013, del Tribunal Elec-
toral del Poder Judicial del Estado, mediante el cual notifica
la sentencia emitida en la fecha citada dentro del expediente
RAP/08/01/2013, cuya parte que interesa dice:
C O N S I D E R A N D O
Tercero. Estudio de Fondo.
(…)
Sin embargo, debemos concluir en que asiste razón a la
enjuiciante, con relación a la objeción respecto a Javier Jara
Flores, el cual efectivamente si es empleado del Ayuntamien-
to de Ixtaczoquitlán, Veracruz, con el cargo de Jefe de Siste-
mas, hecho que quedó plenamente acreditado con el informe
que rindió el director de Auditoria y Revisión financiera del
Congreso del Estado, en cumplimiento al requerimiento de
este órgano jurisdiccional le formuló; medio de convicción
con pleno valor probatorio de acuerdo con lo dispuesto por el
artículo 277 del Código Electoral para el estado, visible a fojas
cuatrocientos uno del expediente, por lo que es evidente que
aquél se encuentra imposibilitado para fungir como consejero

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