Señalan del IETU cuatro fallas técnicas
Autor | Arturo Rivero |
El Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) no debe permanecer más porque no permite deducciones de intereses pagados por financiamientos obtenidos, así como las de salarios, aportaciones a la seguridad social y regalías, destaca un estudio del Grupo de los Seis (G-6).
El congregado de los principales despachos jurídicos y contables del País, refirió que éstas cuatro son sus fallas técnicas.
Los fiscalistas argumentan que todos los bienes y servicios pueden deducirse, no sólo las inversiones sujetas a depreciación.
"La deducción permitida es el valor nominal del capital destinado al negocio, falta considerar el margen de utilidad que obtiene el intermediario por otorgar el préstamo y que constituye un gasto necesario", apuntan.
En salarios y seguridad social, al no ser deducibles del IETU originan la pérdida del crédito cuando las erogaciones de la empresa son superiores a los ingresos.
Así como por las erogaciones de previsión social y otras percepciones exentas del impuesto sobre sueldos, como parte de horas extras, gratificaciones anuales, participación a los trabajadores en las utilidades de las empresas o primas vacacionales.
"Esto origina una falta de proporcionalidad en el impuesto al no reconocer como deducible un gasto estrictamente indispensable", detallan.
Tampoco, la Ley del IETU permite deducir regalías cuando son pagadas a partes relacionadas, excepto con el uso o goce temporal de ciertos equipos, lo cual implica un tratamiento desigual para una erogación, afirman.
El Grupo de Seis lo integran la...
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