Ejecutoria nº I-TS-1896 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Noviembre de 1937

Número de resoluciónI-TS-1896
Fecha de publicación01 Noviembre 1937
Número de expediente21405/937
Fecha01 Noviembre 1937
Número de registro12030
MateriaDerecho Fiscal
LocalizadorAño I. No. s/n. Noviembre 1937.
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

México, Distrito Federal, a veintinueve de noviembre de mil novecientos treinta y siete.

VISTOS los autos del juicio promovido por la sucesión del señor J.I. en contra de la Junta Central Calificadora del Impuesto sobre la Renta, Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Oficina Federal de Hacienda Número 4; y,

RESULTANDO :

PRIMERO

El señor A.I., en representación de la sucesión del señor J.I., por escrito de fecha 26 de agosto último, demanda ante este Tribunal la anulación de la resolución dictada por la Junta Calificadora del Impuesto sobre la Renta en el Distrito Federal, contenida en oficio número 284975/8433 de primero de julio anterior, por la que se fijó a su representada la base de $ 94,715.46 como utilidad que servirá para calcular el impuesto relativo al período de abril de 1935 a marzo de 1936. Funda su inconformidad en que la Junta referida rechazó dentro del renglón de sueldos, salarios y emolumentos, la cantidad de $ 39,250.62 pagada por concepto de sueldos y gratificaciones a los señores A., M. y J.I., aduciendo como razón que, siendo dichos señores propietarios del negocio, tales asignaciones están comprendidas en la excepción que contiene el párrafo cuarto de la fracción V del artículo 38 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, precepto que considera sólo es aplicable a sociedades en nombre colectivo, caso diferente al de su representada, en que se trata de una sucesión testamentaria. Ofreció como pruebas: copias de los documentos que acreditan la personalidad del promovente, a la vez que acreditan que se trata de una Sucesión Testamentaria y no de una Sociedad en nombre colectivo; oficio de la Junta Central Calificadora que contiene la resolución impugnada, así como el anexo a la misma; la declaración definitiva correspondiente al período calificado y 36 copias selladas de las declaraciones de Cédula Cuarta, en las que consta el impuesto pagado por sueldos y gratificaciones; y las actuaciones del presente juicio en lo que puedan favorecer a su parte.

SEGUNDO

Se dio entrada a la demanda por auto de fecha 23 de octubre próximo pasado, corriéndose los translados respectivos a las autoridades demandadas y señalándose para la celebración de la audiencia prevenida por el artículo 50 de la Ley de Justicia Fiscal, el día l8 del mes actual.

TERCERO

La Junta Central Calificadora del Impuesto sobre la Renta dió contestación a la demanda, en oficio...

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