Ejecutoria nº I-TS-1452 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Octubre de 1937

Número de resoluciónI-TS-1452
Fecha de publicación01 Octubre 1937
Fecha01 Octubre 1937
Número de expediente6940/937
Número de registro9490
MateriaDerecho Fiscal
LocalizadorAño I. No. s/n. Octubre 1937.
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

México, Distrito Federal, a cuatro de octubre de mil novecientos treinta y siete.

VISTO el expediente número 6940/937, relativo al juicio promovido por la señora A.P.V.. de Ferrari en contra de la Oficina Federal de Hacienda en Puebla, Pue.; y,

RESULTANDO :

PRIMERO

La señora A.P.V.. de Ferrari se inconforma ante este Tribunal, en escrito de fecha 26 de abril último, con la multa que por la cantidad de cien pesos le impuso la Oficina Federal de Hacienda en Puebla, Pue., por infracción al artículo 132 de la Ley de Impuestos sobre Alcoholes, A. y M.I., y funda su inconformidad en que no debe considerársele como comerciante en alambiques puesto que no tiene ningún establecimiento comercial ni ha pretendido vender las partes de alambiques que tiene en su poder, por considerarlas inservibles; que tanto su esposo, como su suegro, ya finados, eran los dueños de un taller de cobrería que giraba bajo la razón social de “Miguel Ferrari e Hijo”, y que dicho taller fue clausurado en diciembre de 1932, según aviso de clausura que dieron a la Oficina Federal de Hacienda en Puebla y cuya copia certificada acompaña como prueba, así como las actas de defunción de los señores Ferrari.

SEGUNDO

Por auto de fecha 17 de mayo último se admitió la demanda, corriéndose traslado a la oficina demandada y a la Secretaría de Hacienda y señalándose para la celebración de la audiencia respectiva, el día 28 de junio.

TERCERO

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Dirección Técnica de Ingresos, Oficina de lo Sentencioso, se apersonó en este juicio, manifestando en oficio número 306-I-6673, de 10 de junio próximo anterior, que según aparece del acta número 840, de 11 de febrero de este año, se consignó infracción a la actora, por habérsele encontrado en su domicilio algunos aparatos para destilación o rectificación de alcohol, los cuales fueron fabricados para su venta que con motivo de los hechos consignados, se dictó el proveído número 187739-7193, de 4 de marzo último, imponiendo a la actora una multa de $100.00 por infracción al artículo 132 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre Alcoholes, A. y Mieles Incristalizables, dado que había faltado a la obligación de registrarse como fabricante y comerciante de aparatos para destilación de alcohol y aguardiente que dicha multa se impuso de acuerdo con la fracción XIV del artículo 116 del...

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