Acuerdo por el que se autoriza al ciudadano Horacio Montiel Briones, el condominio horizontal de tipo habitacional medio denominado 'Condominio el Durazno', ubicado en el municipio de Metepec, Estado de México

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I COUIPERIN110
22 de mayo de 2014
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IX.
Trato respetuoso y equitativo
Mantener siempre una conducta respetuosa y educada en el trato hacia las demás personas, tomando en cuenta sus
ideas y aportaciones para fomentar una sana relación, promoviendo el trato adecuado y cordial, sin distinción de
sexo, edad, origen social o étnico, credo, nacionalidad, preferencia sexual, filiación política o jerarquía.
X.
Hecho
)
s discriminatorios
Denunciar ante la autoridac competente y en su caso corregir. cualquier acto que atente contra la dignidad, la
integridad moral o física; la discriminación hacia mujeres y hombres, así como aquellas acciones que creen un
entorno laboral ofensivo, hostil, intimidatorio o humillante.
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO
CIUDADANO
HORACI MONTIEL BRIONES.
PRES NT
E:
Me refiero al formato con número de Folio DRVT/RLTOLJ167/13 de fecha veinticuatro de septiembre del dos mil trece,
por el que solicita a la Dirección General de Operación Urbana dependiente de la Secretaria de Desarrollo Urbano.
autorización para llevar a cabo el condominio horizontal habitacional de tipo medio denominado "CONDOMINIO EL
DURAZNO" para el desarrollo de 13 viviendas, en un terreno con superficie de 5.501.81 m2. (CINCO MIL
QUINIENTOS UNO PUNTO OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS M.N.). ubicado en Prolongación Durazno No.
1421 Oriente. (anterior 194), San Salvador Tizatlalli. Municipio de Metepec, México.
CONSIDERANDO
Que el ódigo Administrativo del Estado de México, en su artículo 5.3 fracción XIII, define al condominio a "la
modalid d en la ejecución del desarrollo urbano que tiene por objeto estructurar y ordenar, como una unidad espacial
integral, las áreas privativas y comunes, la lotificación y normas de uso aprovechamiento del suelo, la ubicación de
edificios, las obras de urbanización, las obras de infraestructura primaria en su caso; así como la imagen urbana de
un predio o lote".
Que el mismo ordenamiento legal. en su artículo 5.3 tracción XV, define al condominio a "la modalidad en la cual
cadá condómino es propietario exclusivo de un área privativa de terreno y en su caso de la edificación que se
construya en ella, a la vez que es copropietario de las áreas, edificios e instalaciones de uso general".
Que acredita su personalidad con la credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral No.
2464046011624.
Que se acredito la propiedad del terreno a desarrollar mediante el siguiente documento:
Escritura No. 9.040, Volumen 160, de fecha doce de noviembre de dos mil doce. inscrita en et Instituto de la Función
Registra" del Estado de México. bajo el Folio Real Electrónico No. 00234528 de fecha siete de enero de dos mil trece.
Que la Dirección de Desarrollo Urbano de Municipio de Metepec, expidió la Licencia de Uso del Suelo, donde se le
establecen las normas para lotificación en condominio, con fecha diecinueve de Febrero del 2013., donde se permite
el desarrollo con el número de viviendas pretendido.
Que la Dirección General del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua
Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Metepec, mediante oficio No. APAS/DG/DO/DP/CF/1936/2012
de fecha dieciocho de diciembre del dos mil doce, emitió el dictamen de factibilidad de servicios de agua potable y
drenaje, derivado de la visita de verificación efectuada al inmueble, en donde se constató que cuenta con los
servicios de agua potable y drenaje sobre la Prolongación Durazno, así como la capacidad para brindar los servicios
para los trece lotes. Por su parte, la Comisión del Agua del Estado de México (CAEM), a través del oficio No.
206B10 00/FAC/155/2013 de fecha veintiuno de agosto de dos mil trece, manifestó que no tiene inconveniente en
que la in eresada continúe con el trámite de autorización del proyecto de referencia.
Que me iante oficio No. SOG/SSC/DGPC/0-4320/2013 de fecha dieciocho de abril de dos mil trece, la Dirección
General e Protección Civil de la Secretaria de Seguridad Ciudadana del Gobierno del Estado de México, expidió el
dictame en materia de protección civil para el proyecto de referencia.

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